Circular conjunta número 100-000007 de 2019 - 25 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 821265457

Circular conjunta número 100-000007 de 2019

EmisorSuperintendencias - Superintendencia del Subsidio Familiar
Número de Boletín51117

Asunto: Colaboración de la Superintendencia de Sociedades a la Superintendencia del Subsidio Familiar para el ejercicio armónico y coordinado de sus competencias y apoyo interinstitucional

La presente Circular Conjunta se emite teniendo en cuenta las siguientes:

I. CONSIDERACIONES

1.1 Que corresponde al Presidente de la República, dar las instrucciones para el ejercicio de las funciones de la Superintendencia del Subsidio Familiar, conforme al artículo 2º de la Ley 25 de 1982.

1.2 Que dichas funciones se cumplirán de acuerdo con las políticas laborales y de seguridad social que adopte el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, conforme al artículo 2º de la Ley 25 de 1982.

1.3 Que corresponde al Presidente de la República, conforme a lo establecido en la Constitución Política, en el artículo 189, numeral 24, realizar la inspección y vigilancia de las sociedades mercantiles.

1.4 Que conforme al artículo 1º del Decreto 1023 de 2012, la Superintendencia de Sociedades es un organismo técnico, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, mediante el cual el Presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles, así como las facultades que le señala la ley en relación con otros entes, personas jurídicas y personas naturales.

1.5 Que en los términos del artículo 1.2.1.1 del Decreto 1074 de 2015 "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo", la Superintendencia de Sociedades tiene como objetivo la preservación del orden público económico a través del ejercicio de las funciones de fiscalización gubernamental sobre las sociedades comerciales y de las facultades jurisdiccionales previstas en la ley, tanto en el ámbito de la insolvencia como en el de los conflictos societarios.

1.6 Que en los términos del artículo 1.2.1.4 del Decreto 1072 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo", la Superintendencia del Subsidio Familiar tiene como objetivo la supervisión de las cajas del subsidio familiar, organizaciones y entidades recaudadoras y pagadoras del subsidio, con el fin de preservar la estabilidad, seguridad y confianza del sistema del subsidio familiar para que los servicios sociales a su cargo lleguen a la población de trabajadores afiliados y sus familias bajo los principios de eficiencia, eficacia, efectividad y...

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