Circular Externa 015 - 14 de Marzo de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43173360

Circular Externa 015

EmisorMinisterio de Comercio Exterior
Número de Boletín44739

Bogotá, D. C.

Señores: Usuarios y Funcionarios Ministerio de Comercio Exterior.

Asunto: Terminación de la Modalidad de Importación Temporal declarando la Importación Ordinaria.

Con el fin de dar aplicación a lo establecido en el artículo 170 del Decreto 2685 de 1999, la Dirección General de Comercio Exterior ha establecido el siguiente procedimiento para los usuarios de los Sistemas Especiales de Importación-Exportación bajo los artículos 173 literal c) y 174 del Decreto-ley 444 de 1967.

Una vez demostrados los compromisos de exportación, el Grupo de Control y Seguimiento de la Subdirección de Instrumentos de Promoción de la Dirección General de Comercio Exterior, oficiará al usuario con copia a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, comunicación, indicando los números de los registros de importación que ampararon los bienes cuya modalidad de importación temporal termina con la declaración de importación ordinaria.

Con base en lo anterior, la DIAN expedirá con destino a los usuarios...

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