Circular Externa 064 - 8 de Agosto de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43240389

Circular Externa 064

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación
Número de Boletín46354

Representantes legales, jefes de áreas financieras, jefes de control interno, jefes de contabilidad y contadores de los entes públicos de los niveles nacional y territorial de los sectores central y descentralizado.

Referencia: Instrucciones para la reclasificación y ajustes de los saldos de las cuentas creadas para el proceso de saneamie nto contable, como consecuencia del fallo proferido por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-457 de 2006, declarando inexequible el artículo 79 de la Ley 998 de 2005 que prorrogaba la vigencia de la Ley 716 de 2001.

  1. ASPECTOS CONCEPTUALES

    El Contador General de la Nación, en cumplimiento de sus funciones legales y en particular las establecidas en los literales b) y c) del artículo 3° de la Ley 298 de 1996, y como consecuencia del fallo proferido por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-457 de 2006, declarando inexequible el artículo 79 de la Ley 998 de 2005 que prorrogaba la vigencia de la Ley 716 de 2001, se permite ordenar el cumplimiento de las disposiciones que enseguida se relacionan, para que los entes públicos ajusten y reclasifiquen los saldos que a la fecha de la sentencia de la Corte Constitucional estaban registrados en las cuentas definidas en la Circular Externa 056 de 2004, para que fueran utilizadas en el proceso de saneamiento contable, con el fin de que a partir de la fecha adelanten las gestiones administrativas necesarias para la depuración permanente de la información contable, en procura de garantizar que los saldos de las cuentas que se presenten en los diferentes informes revelen en todo momento la realidad financiera, económica, social y ambiental del ente público que se trate.

    El cumplimiento de las disposiciones contables que se definen en la presente circular externa, no sustituye las acciones disciplinarias que se deriven, como consecuencia de la acción irregular u omisión de los deberes y responsabilidades de los servidores públicos, por el incumplimiento del proceso de saneamiento contable ordenada mediante la Ley 716 de 2001.

    A continuación se definen los conceptos que se aplican en desarrollo del proceso de depuración contable, los cuales deben interpretarse en el contexto de la presente circular externa.

    1.1. Gestión administrativa. Acciones de la administración del ente público que están dirigidas a desarrollar el proceso de depuración contable, y le permitan al ente público disponer de información confiable y oportuna para la toma de decisiones y control de los recursos públicos.

    1.2. Depuración contable. Conjunto de actividades permanentes que lleva a cabo el ente público, tendientes a determinar la existencia real de bienes, derechos y obligaciones que afectan el patrimonio público. La depuración implica acopiar la información y documentación suficiente y pertinente que sirva de soporte a los saldos y registros realizados con ocasión del proceso.

    1.3. Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública, MEPSSCP. Según lo definido en la Resolución 119 de 2006 expedida por el Contador General de la Nación, el Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública comprende las actividades mínimas que deben realizar los responsables de la información financiera, económica y social en...

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