Circular externa número 000010 de 2014 - 3 de Septiembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 527000606

Circular externa número 000010 de 2014

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo
Número de Boletín49263

Para: Agencias de Gestión y colocación de empleo.

De: Dirección General - Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo.

Asunto: obligación reporte de vacantes al servicio público de empleo a partir del 1º de julio de 2014.

Fecha: 26 de junio de 2014.

Estimados representantes de agencias de gestión y colocación de empleo.

La Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, en cumplimiento de sus atribuciones legales, y en especial las conferidas mediante el Decreto número 2521 de 2013, como administradora del Servicio Público de Empleo y su Red de Prestadores, se permite comunicar la siguiente información sobre el deber de todos los empleadores de reportar sus vacantes en el Servicio Público de Empleo, a partir del 1º de julio de la presente anualidad.

En virtud de la obligación consagrada en el artículo 31 de la Ley 1636 de 20131, y lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto número 2852 de 20132, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución número 2605 del 25 de junio de 2014, la cual se adjunta, por la cual se establecen los lineamientos y reglamenta el trámite del registro de vacantes, el contenido mínimo de la información a registrar, así como el deber de los prestadores del Servicio Público de Empleo autorizados de reportar esta información al Sistema de Información del Servicio Público de Empleo y los casos en que podrá solicitarse la excepción de publicación de las vacantes en el Servicio Público de Empleo.

La ejecución del deber legal de registro de vacantes a partir del próximo 1º de julio, contribuirá a dinamizar el servicio de empleo, brindando directrices a los empleadores sobre el cómo podrán dar cumplimiento a este deber legal y a su vez recibir beneficios asociados a una mayor publicidad de sus vacantes para la obtención más eficiente de perfiles idóneos que permitan su rápido cubrimiento.

A su vez, esta medida beneficiará la operación de los prestadores del Servicio Público de Empleo, como agentes fundamentales para el óptimo funcionamiento del mercado de trabajo, a través de un mayor registro de vacantes, permitiendo a los buscadores de empleo conocer y tener un espectro más amplio de oportunidades y/o posibilidades de empleo al cual aplicar de acuerdo con sus perfiles. Por esta razón, es importante que las agencias de gestión y colocación de empleo, estén preparadas técnicamente para atender el incremento que se presentará en la demanda de sus servicios.

Es necesario solicitarles su...

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