Circular externa número [000004] de 2019 - 28 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 828350693

Circular externa número [000004] de 2019

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín51151

PARA: Liquidador de Saludvida S.A. EPS como Representante Legal, Asamblea General de Accionistas de Saludvida S.A. EPS, Entidades Promotoras de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado; Red Prestadora de Servicios de Salud adscrita a Saludvida, Direcciones Territoriales de Salud

DE: Superintendente Nacional de Salud

ASUNTO: Instrucciones de la Superintendencia Nacional de Salud para dar cumplimiento al fallo de acción de tutela del 14 de noviembre del Juzgado Primero Civil del Circuito de Valledupar aclarado mediante auto del 22 de noviembre.

FECHA: 27 de noviembre de 2019_

La Superintendencia Nacional de Salud en consideración a lo ordenado por: i) la Juez Primera Civil del Circuito de Valledupar Oralidad en las acciones de tutela con radicados 2019-252 y 2019-419 y ii) el Ministerio de Salud y Protección Social en la Circular Externa 000035 del 22 de noviembre de 2019, pone por medio de la presente en conocimiento de:

- Los afiliados a la EPS SALUDVIDA S.A. en Liquidación.

- Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que conforman la red de la EPS SALUDVIDA S.A. en Liquidación.

- Las EPS receptoras de afiliados de EPS SALUDVIDA S.A. en Liquidación.

- Las veedurías y asociaciones de usuarios.

- El Agente Liquidador de la EPS SALUDVIDA S.A. en Liquidación y demás administradores de la misma entidad, de las autoridades de control que vienen acompañando este proceso.

Las actuaciones que se han adelantado y que se adelantan para el cumplimiento de las instrucciones dadas por la referida Juez de tutela, para garantizar el derecho fundamental a la salud de los usuarios de la EPS SALUDVIDA S.A. y seguir garantizado como se ha hecho a la fecha la continuidad del aseguramiento y la prestación del servicio de salud a los usuarios de la mencionada EPS cuya asignación a las EPS receptoras por parte del Ministerio de Salud y Protección Social conforme lo dispuesto en el Decreto 1424 de 2019 se hará efectiva a partir del 1º de diciembre de 2019.

I. ANTECEDENTES, CONSIDERACIONES Y ACCIONES ADELANTADAS POR LA SUPERINTENDENCIA ACATANDO LAS ÓRDENES PROFERIDAS EN LOS

AUTOS Y EL FALLO DE LAS ACCIONES DE TUTELA CON RADICADOS

NÚMERO 2019-252 y 2019-419

  1. El derecho a la salud es un derecho fundamental que conforme a lo que ordena la Constitución Política y la Ley 1751 de 2015 debe ser protegido por las autoridades.

  2. La Superintendencia Nacional de Salud, previa constatación de la afectación en la prestación del servicio público de salud y la inadecuada administración de los recursos del sistema, atendiendo a lo prescrito por el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, ordenó la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar a SALUDVIDA S.A. EPS, identificada con NIT 830.074.184-5 por el término de dos (2) años, mediante Resolución número 008896 del 1º octubre de 2019 notificándose personalmente la misma a la representante legal suplente la correspondiente decisión el 11 de octubre de 2019, de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

  3. En la decisión administrativa para garantizar la continuidad en la prestación del servicio de salud a los usuarios de la EPS se impartieron instrucciones al liquidador las cuales deben ser atendidas, hasta tanto se surta el proceso de asignación de los...

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