Circular Externa Número 000002 de 2020 - 29 de Enero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 839864922

Circular Externa Número 000002 de 2020

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín51211

Para: Todas las entidades sometidas a inspección, vigilancia y control de la Super intendencia Nacional de Salud

De: Superintendencia Nacional de Salud

Asunto: Reporte de información

Fecha:

  1. ANTECEDENTES

    La Superintendencia Nacional de Salud expidió la Circular Externa 003 de 1º de agosto de 2019 mediante la cual impartió instrucciones a las entidades sometidas a su inspección, vigilancia y control, en relación con la transmisión y retransmisión de información a través de los sistemas de recepción, validación y cargue RVCC y NRVCC; así mismo señaló que los sujetos vigilados deben tener a disposición de esta Superintendencia la información en los formatos y fechas establecidas por las circulares e instrucciones vigentes.

    Como se indicó en la Circular citada, la Entidad inició un proyecto para la creación del Sistema General de Gestión de Salud con la finalidad de que los vigilados, ciudadanos y funcionarios puedan hacer uso eficiente de la información que se utiliza en la inspección, vigilancia y control, unificando en un solo sistema el medio de envío de la información que transmiten las entidades sujetas a inspección, vigilancia y control de esta Superintendencia.

    Teniendo en cuenta lo anterior la Oficina de Tecnologías de la Información determinó la necesidad de repotenciar el sistema de recepción, validación y cargue NRVCC a nivel de infraestructura de la plataforma permitiendo con esto el cargue de archivos de gran tamaño, así mismo mejoras en el software para acondicionar la plataforma de NRVCC en la recepción de archivos que se venían reportando por el antiguo sistema RVCC, con el propósito de disponer del sistema NRVCC como el único mecanismo para el envío de información por parte de las entidades sujetas a inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud.

    Por lo anterior, mediante la presente Circular Externa se imparten instrucciones para el reporte de la información a esta Superintendencia.

  2. INSTRUCCIONES

    Primera. Todas las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Régimen Subsidiado, incluyendo las Indígenas y Entidades Adaptadas al Sistema, deberán reportar a más tardar el día 5 de febrero de 2020 los siguientes archivos tipo, a través del sistema de recepción, validación y cargue NRVCC, en los formatos y condiciones técnicas establecidos en las Circulares vigentes:

    Segunda. Todas las entidades vigiladas deberán actualizar la información del módulo de datos generales a más tardar el día 5 de febrero de 2020, a través del sistema de recepción, validación y cargue NRVCC, en los formatos y condiciones técnicas establecidas en la Circular Externa 005 de 2018 y en el manual de datos generales que se encuentra publicado en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud.

    Tercera. Todas las entidades vigiladas deberán reportar a través del sistema de recepción, validación y cargue NRVCC, en los formatos establecidos en las Circulares vigentes, a más tardar el día 20 de febrero de 2020 los archivos para reporte establecidos en la Circular Unica, sus modificatorias y otras Circulares Externas vigentes, que se encuentren pendientes de reporte desde el 1º de agosto de 2019 al 20 de febrero del 2020 y no estén listados en la instrucción primera de la presente Circular.

    Los archivos tipo de que trata la presente instrucción se relacionan en el anexo de esta Circular Externa. El reporte de estos archivos, a través del sistema de recepción, validación y cargue NRVCC estará disponible a partir del 5 de febrero de 2020.

    Cuarta. Los reportes de información, correspondiente a los archivos tipo, relacionados en el Anexo de la presente Circular Externa, cuya fecha de reporte es posterior al 20 de febrero deberán ser cargados a través del sistema de recepción, validación y cargue NRVCC de acuerdo con las fechas y corte establecidos en las Circulares vigentes.

    Quinta. La información correspondiente a los archivos tipo 188 - Resultados Nota Técnica, 187 - Base de Datos Nota Técnica y 186 - Nota Técnica, adicionados en la Circular Externa 020 de 2015, se deben consolidar en una carpeta comprimidos (“.zip”) con firma digital y reportar a través del sistema de recepción, validación y cargue NRVCC, de conformidad con los tiempos establecidos en dicha Circular.

    Sexta. Los operadores de loterías deberán continuar realizando el envío de los archivos tipo que se relacionan a continuación, hasta el 19 de febrero del 2020 a través del correo reporteloterias@supersalud.gov.co. atendiendo las mismas fechas de corte y reporte establecidas en la Circular Externa 047 de 2007 y la Circular Externa 005 de 2011.

    200 Informe de ventas y sorteo

    201 Informe premios obtenidos por el público

    202 Premios pagados en el mes

    203 Resultados del sorteo

    204 Reporte de billetería vendida por sorteo.

    A partir del 20 de febrero del 2020 deberán reportar dicha información a través del sistema de recepción, validación y cargue NRVCC. El período que debe seleccionar en el sistema corresponderá al código de la entidad reportante + el número del sorteo.

    Séptima. Las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo, Entidades Adaptadas al Sistema, Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, Empresas de Medicina Prepagada, Servicio de Ambulancia Prepagado, Regímenes de Excepción y Especiales, y Prestadores de Servicios de Salud deberán realizar el cargue y reporte del archivo tipo GT004 - Asociación o Alianza de Usuarios, adicionado en el numeral V de la presente Circular Externa, que modifica el Título XI Anexos Técnicos de la Circular...

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