Circular externa número 0000036 de 2019
Emisor | Ministerio de Salud y Protección Social |
Número de Boletín | 51148 |
PARA: EL PERSONAL DE TALENTO HUMANO EN SALUD, LAS SECRETARÍAS DE SALUD DEL ORDEN DEPARTAMENTAL, O LA ENTIDAD QUE TENGAA CARGO DICHAS COMPETENCIAS, LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ, LOS COLEGIOS DE PROFESIONALES DEL ÁREA DE LA SALUD CON FUNCIONES PÚBLICAS DELEGADAS, Y LAS INSTITUCIONES _ PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD._
DE:__MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL_
ASUNTO: REITERACIÓN DEL DEBER DE REGISTRO Y ACTUALIZACIÓN DE NOVEDADES EN EL REGISTRO ÚNICO _ NACIONAL DEL TALENTO HUMANO EN SALUD (ReTHUS).
FECHA: 25 DE NOVIEMBRE DE 2019_
Este Ministerio, en el marco de las competencias de orden legal previstas en el Decreto Ley 4107 de 2011, evidencia que, a la fecha, cerca de 24000 profesionales especialistas médico-quirúrgicos graduados, solo se encuentran inscritos en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud - ReTHUS aproximadamente 14000, de acuerdo con estimaciones de esta Cartera. (Cubo ReTHUS http://ontalentohumano.minsalud.gov.co/ indicadores/Paginas/IndicadoresBasicos.aspx).
En consideración a lo anterior, se requiere a todo el talento humano en salud posgraduado, profesionales, tecnólogos, técnicos profesionales y auxiliares de salud, a gestionar, lo más pronto posible, ante los colegios profesionales, la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá o ante las secretarías departamentales de salud o la entidad que haga sus veces y según corresponda, la inscripción y actualización de novedades en el ReTHUS.
El reporte de esta información, además de constituir un deber por parte del personal de salud, contribuye a brindar confianza a los ciudadanos que la consultan, constituye garantía para empleadores y contratantes, pues les permite verificar que los perfiles ofertados correspondan con los demandados; facilita la estimación de necesidades y planeación del talento humano en salud que requiere el país y permite mantener actualizadas las plataformas tecnológicas, como lo es la de prescripción en línea -MIPRES-.
En desarrollo de lo anterior, se conmina a los destinatarios de la presente circular a reportar las novedades a que haya lugar en el ReTHUS, y se les recuerda la importancia de adelantar las siguientes acciones:
1. INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD. A las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) les corresponde desplegar las siguientes acciones:
1.1. Garantizar que el talento humano en salud, de acuerdo con el numeral 2.3.2.1 del Manual de inscripción de Prestadores y Habilitación de...
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