Circular externa número 000007 de 2016 - 18 de Marzo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 631730953

Circular externa número 000007 de 2016

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín49819

PARA: GERENTES Y/O DIRECTORES Y MIEMBROS DE JUNTADIRECTIVA

DE LAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO

DE: SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

ASUNTO: PUBLICACIÓN DE RESULTADOS VIGENCIA 2015 FRENTE AL REPORTE DE LAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DE LOS ""INDICADORES Y ESTÁNDARES POR ÁREAS DE GESTIÓN" ADMINISTRATIVA - FINANCIERA Y clínica O asistencial ESTABLECIDOS EN LA resolución 743 DE 2013.

FECHA: 17 de marzo de 2016

CONSIDERACIONES:

  1. La Ley 1438 de 2011, en sus artículos 73 y 74 estableció los términos y procedimientos para la presentación, aprobación y evaluación de los Planes de Gestión de los Gerentes y/o Directores de las Empresas Sociales del Estado.

    Al respecto, el numeral 74.1 del artículo 74 de la Ley 1438 de 2011 señaló la obligatoriedad del Director o Gerente de la Empresa Social del Estado de presentar a la Junta Directiva un informe anual sobre el cumplimiento del Plan de Gestión, con el fin de que esta realice la evaluación según lo dispuesto por el numeral 74.2 ibídem.

  2. El Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 710 de 2012, definió las condiciones y la metodología que deberán acoger los Gerentes y/o Directores de las Empresas Sociales del Estado para elaborar, presentar y evaluar el Plan de Gestión. El Anexo número 01 señala que el Plan de Gestión debe ser ejecutado por el Gerente y debe contener entre otros aspectos: (...) "los compromisos que el Director o Gerente establece ante la Junta Directiva de la entidad, los cuales deben contener, entre otros aspectos, las metas de gestión y resultados relacionados con la viabilidad financiera, la calidad y eficiencia en la prestación de los servicios, en las áreas de Dirección y Gerencia, Financiera y Administrativa y Clínica o asistencial y las metas, así como los compromisos incluidos en convenios suscritos con la Nación o con la entidad territorial si los hubiere, y el reporte de información a la Superintendencia Nacional de Salud y al Ministerio de Salud y Protección Social".

  3. Que, en razón a las solicitudes de aclaración de algunos indicadores para la evaluación del Plan de Gestión, el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 743 de 2013, efectuó los ajustes pertinentes para la adecuada implementación de la metodología, modificando los Anexos números 2, 3 y 4 del artículo 2º de la Resolución 710 de 2012.

  4. Que, mediante la expedición del Decreto 052 de 2016, el Ministerio de Salud y Protección Social reglamentó la reelección de...

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