Circular externa número 000045 de 2018 - 26 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 752578965

Circular externa número 000045 de 2018

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50818

Para: Entidades Promotoras de Salud (EPS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud

(IPS), Empresas Administradoras de Planes de Beneficios de los Regímenes Contributivo y Subsidiado (EAPB) S y C, entidades territoriales, usuarios, pacientes, comunidad médica y demás actores del sistema de salud.

De: Ministro de Salud y Protección Social.

Asunto: Incremento porcentual resultante de la aplicación del valor de la UPC para la vigencia 2019 y Estructura por EPS y Régimen Habilitado.

Fecha:

En ejercicio de la facultad reglamentaria prevista en el parágrafo del artículo 2.5.3.5.1 del Decreto número 780 de 20169, y conforme con los criterios que para el incremento en el valor de los servicios de salud se fijaron en el artículo 2.5.3.5.2 ibídem, este Ministerio publica la proyección del incremento porcentual resultante de la aplicación del valor de la UPC definida para el 2019, ajustada por ponderadores para cada EPS y EOC, y la estructura de los incrementos, precisando los que corresponden al costo de las actualizaciones del Plan de Beneficios en Salud financiado con los recursos de la UPC, y a los servicios que ya se venían prestando.

Proyección del incremento porcentual resultante de aplicar el valor de la UPC 2019

El incremento del valor de la UPC a nivel nacional, para cada régimen se calcula considerando la inflación esperada y los diversos grupos de riesgo de edad, sexo y zona geográfica. El incremento en los servicios está acorde con la inflación esperada por el Gobierno, la cual se ubica en el 3.0% para el 2019.

- Régimen Contributivo. Para la vigencia 2019 se fijó el incremento de la UPC en 5.31%. El porcentaje de este incremento, para recuperar y mantener el valor adquisitivo de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) es de 4.0%, el cual corresponde a los servicios que se venían prestando y el restante 1.31%, hace referencia a la actualización de los beneficios en salud.

- Régimen Subsidiado. Para la vigencia 2019 se fijó el incremento de la UPC en 9.40%. El porcentaje de este incremento para recuperar y mantener el valor adquisitivo de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) es de 4.0%, el cual corresponde a los servicios que se venían prestando, por equiparación primas puras de 4.09% en acatamiento a lo ordenado en el Auto 411 de 2016 de la Sala de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, y el restante 1.31%, hace referencia a la actualización de los beneficios en salud.

Estructura de los incrementos de la UPC 2019, por EPS y...

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