Circular externa número 001 de 2016 - 8 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 652941305

Circular externa número 001 de 2016

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio
Número de Boletín50051

Para: RESPONSABLES DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: PERSONAS NATURALES, ENTIDADES DE NATURALEZA PÚBLICA DISTINTAS DE LAS SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA Y PERSONAS JURÍDICAS DE NATURALEZA PRIVADA QUE NO ESTÁN INSCRITAS EN LAS CÁMARAS DE COMERCIO

Asunto: Modificar el Capítulo Segundo del Título V de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio

1. Objeto

Impartir instrucciones a los Responsables del Tratamiento de datos personales, personas naturales, entidades de naturaleza pública distintas de las sociedades de economía mixta y personas jurídicas de naturaleza privada que no están inscritas en las cámaras de comercio, para efectos de realizar la inscripción de sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD).

2. Fundamento legal

El artículo 19 de la Ley 1581 de 2012, Régimen General de Protección de Datos Personales, designa a la Superintendencia de Industria y Comercio como la Autoridad de Protección de Datos y dispuso que esta entidad "ejercerá la vigilancia para garantizar que en el tratamiento de datos personales se respeten los principios, derechos, garantías y procedimientos previstos en la presente ley".

El artículo 21 de la Ley 1581 de 2012, establece las funciones a cargo de la Superintendencia de Industria y Comercio, entre las que se encuentran "(v)elar por el cumplimiento de la legislación en materia de protección de datos personales", "(i)mpartir instrucciones sobre las medidas y procedimientos necesarios para la adecuación de las operaciones de los Responsables del Tratamiento y Encargados del Tratamiento a las disposiciones previstas en la presente ley", "(s)olicitar a los Responsables del Tratamiento y Encargados del Tratamiento la información que sea necesaria para el ejercicio efectivo de sus funciones", y "(a)dministrar el Registro Nacional Público de Bases de Datos y emitir las órdenes y los actos necesarios para su administración y funcionamiento".

Para el adecuado cumplimiento de sus funciones de vigilancia en materia de protección de datos personales, la Superintendencia de Industria y Comercio diseñó el Sistema Integral de Supervisión Inteligente (SISI) basado en riesgos, el cual está compuesto por diferentes procesos, entre ellos, el de recolección de información acerca de las bases de datos personales sujetas a tratamiento que operan en el país.

El artículo 25 de la Ley 1581 de 2012 creó el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD), el cual define como el directorio público de las bases de datos personales sujetas a tratamiento que operan en el país y dispuso que sea administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio.

El Capítulo 26 del Decreto Único 1074 de 2015 reglamentó el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012 y estableció la información mínima que debe contener el Registro, así como los términos y condiciones de inscripción. En particular, en el artículo 2.2.2.26.2.1, el citado decreto señaló que "(l)a Superintendencia de Industria y Comercio, como...

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