Circular externa número 006 de 2016 - 27 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656434601

Circular externa número 006 de 2016

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín50099

De: Viceministerio de Turismo

Para: Oficinas de Turismo

Administradores de Atractivos Turísticos

Jefes de Áreas protegidas con actividades ecoturísticas - Parques Nacionales Naturales de Colombia Fecha: 26 de diciembre de 2016

1. Objeto:

Informar a las entidades a cargo de la administración y acceso a las áreas abiertas al público, tales como museos, monumentos, zonas arqueológicas y en general a todo sitio de interés turístico, la obligación de acatar lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto número

1825 de 2001.

2. Fundamento legal:

El Decreto número 1825 del 6 de septiembre de 2001, "por el cual se dictan unas disposiciones relacionadas con la actividad de los Guías de Turismo", dispone en su artículo 1º:

"Artículo 1º. Los guías de turismo tendrán acceso gratuito a las áreas abiertas al público como museos, monumentos, zonas arqueológicas y en general a todo sitio de interés turístico".

Para hacerse acreedor a este derecho, los Guías de Turismo deberán acreditar los requisitos establecidos en la ley para ejercer esta profesión:

  1. Poseer Tarjeta Profesional de Guía de Turismo y

  2. Estar debidamente inscrito en el Registro Nacional de Turismo.

  3. Que el Registro Nacional de Turismo se encuentre actualizado.

Este mandato legal garantiza que dichos profesionales cumplan con el objetivo de difusión patrimonial de los atractivos turísticos, capacitándose permanentemente en los...

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