Circular externa número 047 de 2007, Circular Única Superintendencia de Salud - 8 de Diciembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 795584893

Circular externa número 047 de 2007, Circular Única Superintendencia de Salud

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín46.836

Circular Unica

Para: Entidades, sujetos vigilados y usuarios de la Superintendencia Nacional de Salud

De: Superintendente Nacional de Salud

Asunto: Instrucciones generales y remisión de información para la inspección, vigilancia y control

1. ObjetivoyAlcance

Con fundamento en las facultades Constitucionales y Legales de la Superintendencia Nacional de Salud, se expide la Circular Única, acto administrativo en el cual se reúnen en un solo cuerpo normativo todas las instrucciones de la entidad que se encuentran vigentes, con los siguientes propósitos:

· Recopilar, modificar y actualizar todas las Circulares Externas y Cartas Circulares expedidas por la Superintendencia Nacional de Salud.

· Facilitar a los destinatarios de su misión de inspección, vigilancia y control, el cumplimiento, comprensión y consulta de las instrucciones expedidas por esta Superintendencia.

· Proporcionar a sus funcionarios un instrumento jurídico unificado y coherente que determine con precisión las reglas aplicables a las situaciones concretas que se inscriben dentro de su ámbito de competencia.

2. Estructura

2.1 Composición

La Circular Unica contiene en cada uno de los títulos que la componen las instrucciones y solicitudes de información dispuestas por la Superintendencia Nacional de Salud, las cuales serán de obligatorio cumplimiento para los sujetos vigilados.

2.2 Consulta y Uso

Para la consulta y uso de la Circular Unica, por parte de los diferentes usuarios, se considera necesario establecer que se deben observar las siguientes pautas: 2.2.1 Elementos

La Circular se encuentra compuesta por una tabla de contenido y títulos, integrados por capítulos. Los capítulos se descomponen en numerales y subnumerales hasta de cinco dígitos y literales, en los casos en que se hace necesario.

Cada título corresponde a un grupo de sujetos vigilados, de acuerdo con el rol asumido dentro del Sector Salud.

El Título XI, corresponde a los anexos técnicos necesarios para el cumplimiento de las instrucciones de remisión de información impartidas, a los cuales se hace remisión expresa en su contenido y parte integrante del texto de la misma.

Los anexos coinciden con los formatos que las entidades vigiladas deben utilizar para remitir información ante la Superintendencia. Para ubicar cada uno de los formatos en el título XI Anexos Técnicos, estos se enumeran según el orden en el que aparezcan en la Circular.

Los títulos de la Circular Unica son:

2.2.2. Presentación

La Circular se presenta en hojas numeradas según cada uno de los títulos, lo cual facilitará su modificación, adición y actualización de los diferentes temas.

3. Consulta

La Circular Unica podrá ser consultada:

3.1. En forma permanente en la página Web de la Superintendencia www.supersalud.gov.co

3.2. El texto original de la Circular Unica, en medio físico, reposará en la Secretaría General de la Superintendencia.

Cualquier persona natural o jurídica interesada en obtener copia, simple o auténtica de la misma, podrá solicitarla, mediante escrito dirigido a la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud.

El costo de las fotocopias correspondientes a la Circular Unica que sean solicitadas por entidades u organismos que no paguen tasa a la Superintendencia deberá ser cubierto por el interesado, de acuerdo con el valor establecido para tal fin por la entidad.

4. Normatividad y modificaciones realizadas

La Circular Unica además de contener las instrucciones y solicitudes de información de las anteriores Circulares Externas y Cartas Circulares, con su expedición se actualizan y modifican los temas consignados en cada una de estas de conformidad con las nuevas normas expedidas por el Gobierno Nacional y los pronunciamientos efectuados por la Corte Constitucional frente a las disposiciones que regula el Sector Salud.

5. Contenido

Tabla de Contenido

- Título I DISPOSICIONES GENERALES

- Capítulo 1º Seguridad técnica y jurídica para las comunicaciones electrónicas de la Superintendencia Nacional de Salud que requieren firma digital

- Capítulo II Pautas Publicitarias

- Capítulo III Revisores Fiscales

- Capítulo IV Código de Etica y de Buen Gobierno

- Capítulo V Facultades Jurisdiccionales

- Capítulo VI Facultades de Conciliación

- Título II ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PLANES DE BENEFICIOS

- Capítulo I Entidades Promotoras de Salud

- Capítulo II Empresas que administran Planes Adicionales de Salud

- Capítulo III Regímenes de Excepción y Especiales

- Título III GENERADORES DE RECURSOS

- Capítulo I Operadores del Juego de Lotería Tradicional

- Capítulo II Operadores del Juego de Apuestas Permanentes o Chance

- Capítulo III Juegos de Suerte y Azar distintos a Loterías y Chance

- Capítulo IV Bebidas Alcohólicas

- Título IV INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD

- - Capítulo I Disposiciones Comunes

- Capítulo II Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de naturaleza privada

- Capítulo III Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de naturaleza pública

- Título V ENTIDADES TERRITORIALES

- Título VI FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTÍA (FOSYGA)

- Título VII PROTECCIÓN AL USUARIO Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

- Capítulo I Protección al Usuario

- Capítulo II Participación Ciudadana

- Título VIII OTROS ACTORES

- Capítulo I Compañías de Seguros autorizadas para operar el ramo SOAT

- Capítulo II Indumil

- Capítulo III Cajas de Compensación Familiar que no administran régimen subsidiado

- Título IX MEDIDAS ESPECIALES

- Capítulo I Marco legal de las acciones y medidas especiales

- Capítulo II Intervención Forzosa Administrativa para administrar

- Capítulo II Intervención Forzosa Administrativa para liquidar

- Capítulo III Intervención Técnica y Administrativa

- Capítulo V Liquidaciones Voluntarias (Supresión y liquidación)

- Título X GLOSARIO

- Título XI ANEXOS TÉCNICOS

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

En este primer título se encuentran las instrucciones que tienen como destino dos o más entidades o sujetos de vigilancia y aquellas relacionadas con las nuevas facultades jurisdiccionales y de conciliación otorgadas a la Superintendencia.

CAPITULO I Seguridad técnica y jurídica para las comunicaciones electrónicas de la Superintendencia Nacional de Salud que requieren firma digital

Con el fin de garantizar un intercambio seguro y eficiente de los datos entre los vigilados y la entidad, y garantizar los atributos de autenticidad, integridad y no repudio de la información, la Superintendencia Nacional de Salud, incorpora la aplicación de nuevas tecnologías de seguridad en sus comunicaciones electrónicas, de conformidad con lo establecido en la Ley 527 de 1999, el Decreto Reglamentario 1747 de 2000; que definen y reglamentan el acceso y uso de los mensajes de datos, así como la firma digital y las entidades de certificación.

En particular, se busca, entre otros objetivos, reducir al mínimo posible la utilización y flujo de documentos en soporte caratular (papel), asegurando la identificación plena de los emisores de documentos electrónicos, certificando la recepción efectiva y oportuna de los datos por parte del verdadero destinatario y garantizando la seguridad técnica y jurídica (dado su valor probatorio) de la información. Dicha seguridad en los entornos electrónicos se refleja en atributos jurídicos como la autenticidad, integridad y no repudio.

El sistema de certificación digital permite establecer la identidad y otras cualidades de una persona que actúa a través de una red informática, un sistema de información y, en general, cualquier medio de comunicación y/o información electrónica. De esta forma, la certificación digital garantiza: la identificación y capacidad de las partes que tratan entre sí sin conocerse (emisor y receptor del mensaje); la confidencialidad de los contenidos de los mensajes (ni leídos, ni escuchados por terceros); la integridad de la transacción (no manipulada por terceros) y la...

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