Circular externa número 201-000011 de 2016 - 24 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 654229329

Circular externa número 201-000011 de 2016

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín50067

Señores

Representantes Legales Contadores Revisores Fiscales

Sociedades Comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales sometidas a vigilancia o control, que estén en proceso de liquidación voluntaria.

Referencia: Presentación de estados financieros a 31 de diciembre de 2016.

Decretos número 2649 y 2650 de 1993.

1. Obligatoriedad del diligenciamiento y presentación de la información financiera

Por mandato del artículo 289 del Código de Comercio, las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades están obligadas a reportar los estados financieros de fin de ejercicio, en este caso a 31 de diciembre de 2016, certificados y dictaminados, con el alcance previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, sin necesidad de orden expresa de carácter particular y concreto emitida por esta entidad.

Para tales fines, las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades que estén en proceso de liquidación voluntaria, deberán enviar los estados financieros de fin de ejercicio en el "Informe 16 - Estado de liquidación voluntaria", a través del sistema Storm, a más tardar el 30 de mayo de 2017.

Los estados financieros de fin de ejercicio solo se entenderán recibidos en la medida en que también se hubieren allegado los documentos adicionales relacionados a continuación:

  1. Certificación de los estados financieros, suscrita por el representante legal, el contador y el revisor fiscal, si lo hubiere;

  2. Notas explicativas a los estados financieros.

    Los documentos adicionales deberán enviarse escaneados del original en formato .pdf, a través de la sección "Envío de documentos adicionales " del portal web de la Superintendencia de Sociedades: www.supersociedades.gov.co, una vez se cuente con el número de radicación que suministra el sistema, luego de enviar el archivo con extensión .str.

    Cada documento deberá ser un archivo con extensión .pdf, al cual debe asignársele el nombre con una sola palabra. El tamaño de cada archivo no debe exceder de 1 MB. Una vez enviados en forma correcta, el sistema creará un número de radicado a cada archivo remitido, con lo que se entenderá cumplido el requisito de presentación de información financiera en forma completa.

    2. Debido proceso especial

    El plazo señalado para el envío de la información es improrrogable. La Superintendencia solicita los estados financieros de fin de ejercicio, certificados y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR