Circular externa número 2017-0000435 de 2017 - 29 de Octubre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 696089629

Circular externa número 2017-0000435 de 2017

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
Número de Boletín50401

Para: Usuarios Públicos y Privados de los Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada

De: Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

Asunto: Protocolo de Operación para el Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada en el Sector Educativo

Corresponde a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada ejercer el control, inspección y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada y, por ende, fijar criterios técnicos y jurídicos, así como procedimientos y políticas que estandaricen la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada.

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada con el fin de mejorar la calidad en la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada y propender porque los mismos mantengan en forma permanente los más altos niveles de eficiencia técnica y profesional para atender sus obligaciones, a continuación se permite expedir el Protocolo de Operación para el servicio de vigilancia y seguridad privada en el sector educativo.

1. OBJETIVOS

Los objetivos del presente protocolo de operación para el servicio de vigilancia y seguridad privada en el sector educativo son:

· Establecer criterios de carácter general que regulen la prestación del servicio de vigilancia física en el sector educativo y sus entornos, en concordancia con la Constitución Política de Colombia y el marco legal vigente.

· Mejorar la calidad en la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, asegurando un adecuado nivel técnico y profesional.

· Apoyar a las autoridades del Estado en la prevención y disuasión del delito, fortaleciendo los principios de articulación y corresponsabilidad social.

· Brindar una adecuada protección a los usuarios de servicios de vigilancia y seguridad privada, a través de reglas claras en la prestación de los servicios, con personal calificado, recursos óptimos y la continua mejora en la prestación del servicio.

2. MARCO LEGAL

· Constitución Política de Colombia.

· Ley 30 de diciembre de 1992 "por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior".

· Ley 62 de agosto de 1993 "por la cual se expiden normas sobre la Policía Nacional".

· Ley 115 de febrero 8 de 1994 "por la cual se expide la ley general de educación".

· Ley 599 de 2000 "por la cual se expide el Código Penal".

· Ley 715 de 2001 "Regula el Sector Educativo y de Salud".

· Ley 906 de 2004 "por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal".

· Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006 "por la cual se expide el Código de la Infancia y Adolescencia".

· Ley 1453 de 2011 "por medio de la cual se reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad".

· Ley Estatutaria 1581 de 2012 "por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales".

· Ley 1620 de 2013 "Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar".

· Ley 1801 del 29 de julio de 2016 "por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia".

· Ley 1774 de 2016 de enero de 2016 "por la cual se modifica el Código Civil, Ley 84 de 1989, Código Penal, Procedimiento Penal y se dictan otras disposiciones".

· Decreto 356 del 11 de febrero de 1994 "Por el cual se expide el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada".

· Decreto 2187 de 2001 "por el cual se reglamenta el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada contenido en el Decreto-ley 356 del 11 de febrero de 1994".

· Decreto 3222 de 2002 "por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada contenido en el Decreto-ley 356 y se crea la Red de Apoyo y Solidaridad Ciudadana".

· Decreto 2355 de 2006 "por el cual se modifica la estructura Orgánica de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se dictan otras disposiciones".

· Decreto 1070 de 2015 "Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa".

· Resolución 2946 de 2010 "por la cual se modifica el Régimen de Control, Inspección y Vigilancia en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada".

· Resolución 4973 de 2011 "por la cual se modifica la Resolución 2852 de 2006 y se mejora el desarrollo de los programas académicos".

3. PRINCIPIOS

Corresponsabilidad

"La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia".1

Confidencialidad

"Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la presente ley y en los términos de la misma"2.

Solidaridad Social

"El Estado, la sociedad y sus miembros tienen la obligación de asistir y proteger a los animales con acciones diligentes ante situaciones que pongan en peligro su vida, su salud o su integridad física. Asimismo, tienen la responsabilidad de tomar parte activa en la prevención y eliminación del maltrato, crueldad y violencia contra los animales; también es su deber abstenerse de cualquier acto injustificado de violencia o maltrato contra estos y denunciar aquellos infractores de las conductas señaladas de los que se tenga conocimiento".3

4. ALCANCE

El presente protocolo de operación es de obligatorio cumplimiento para todos los servicios de vigilancia y seguridad privada que presten sus labores en las instituciones educativas públicas y privadas, de educación preescolar, básica, media y superior, mediante la implementación de las modalidades de vigilancia fija y móvil, con medio canino y tecnológico, en el territorio Colombiano.

5. DEFINICIONES

Protocolo

Se refiere a las reglas, el conjunto de acciones y/o los procedimientos establecidos para el desarrollo de una actividad.

1 Ley 1620 de 2013 "por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar", artículo 5º.

2 Ley 1581 de 2012 "por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales", artículo 4, literal h.

3 Ley 1774 de 2016 "por la cual se modifica el Código Civil, Ley 84 de 1989, Código Penal, Procedimiento Penal", artículo 3º.

Protocolo de Seguridad del Servicio en el Sector Educativo, implica para la Empresa, Cooperativa de vigilancia y Departamento de Seguridad Privada, la implementación de los estándares mínimos de calidad que debe cumplir y los aspectos especiales que debe tener en cuenta, para la buena prestación del servicio.

Vigilancia Física en el Sector Educativo

El servicio de vigilancia y seguridad privada en el sector educativo es aquel que se presta en las áreas educativas, sin armas de fuego, pero pueden ser prestados eventualmente con medios tecnológicos, caninos, bastones de mando, vehículos, comunicaciones, armas no letales y cualquier otro elemento debidamente autorizado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

Niño(a)

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 34 del Código Civil, se entiende por niño o niña las personas entre los 0 y los 12 años4.

Adolescente

Se entiende por adolescente las personas entre 12 y 18 años de edad5. Convivencia

Es la interacción pacífica, respetuosa y armónica entre las personas, con los bienes, y con el ambiente, en el marco del ordenamiento jurídico6.

Seguridad

Garantizar la protección de los derechos y libertades constitucionales y legales de las personas en el territorio nacional7.

Tranquilidad

Lograr que las personas ejerzan sus derechos y libertades, sin abusar de los mismos, y con plena observancia de los derechos ajenos8.

Ambiente

Favorecer la protección de los recursos naturales, el patrimonio ecológico, el goce y la relación sostenible con el ambiente9.

Salud Pública

Es la responsabilidad estatal y ciudadana de protección de la salud como un derecho esencial, individual, colectivo y comunitario logrado en función de las condiciones de bienestar y calidad de vida1010.

Estudiante de Educación Superior

Es estudiante de una institución de educación superior la persona que posee matrícula vigente para un programa académico.11

Maltrato Infantil

Se entiende por maltrato infantil toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la violación y en general toda forma de violencia o agresión sobre el niño, la niña o el adolescente por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra persona12.

Acoso Escolar o Bullying

Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno13.

Educación Superior

Es un proceso permanente...

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