Circular externa número 415-000003 de 2019 - 14 de Mayo de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 785125133

Circular externa número 415-000003 de 2019

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín50953

Atención al Público en la Baranda Física del Grupo de Apoyo Judicial

Señores

USUARIOS DE LOS PROCESOS JURISDICCIONALES

Superintendencia de Sociedades Ciudad

Con un cordial saludo y en desarrollo de las Políticas de Atención al Público dispuestas por la Superintendencia de Sociedades, y con el fin único de buscar la adecuada prestación del servicio público y de la gestión documental en la atribución del ejercicio de las funciones jurisdiccionales que presta esta Entidad, en materia de Procedimientos Mercantiles y de Insolvencia, se hace importante poner en contexto las siguientes directrices relacionadas con las funciones secretariales y administrativas del Grupo de Apoyo Judicial de conformidad con lo dispuesto en las Resoluciones números 100-003113 y 100- 003114 del 5 de marzo de 2019:

1. ATENCIÓN AL PÚBLICO EN BARANDA.

El Grupo de Apoyo Judicial tiene a su cargo la función de atender a los usuarios externos respecto de los procesos que se adelantan en las Delegaturas para los Procedimientos de Insolvencia y Mercantiles. Se advierte que esta función no es con fines de asesoramiento o de suministro de información con conocimientos especializados y de valor agregado en materia de insolvencia o concursal, la función se limita única y exclusivamente, con carácter secretarial e informativo y como garante de la gestión documental y de atención al usuario, a: Suministrar información -entre algunas otras-, respecto de:

· El estado actual de los procesos;

· Las notificaciones por estado de las providencias expedidas en curso de los procesos jurisdiccionales que se adelantan en esta Entidad;

· Los traslados;

· Los avisos;

· La ejecutoria de las providencias;

· La expedición de las copias que se requieran por parte de los usuarios;

· La información sobre los datos de contacto de nuestros auxiliares de la justicia;

· El préstamo de expedientes;

· La devolución de documentos relacionados con solicitudes de admisión a procesos de insolvencia que hubiesen sido rechazadas.

Ahora bien, con el fin de brindar una atención de forma eficiente y eficaz a los diferentes sujetos procesales que se acerquen a la baranda física del Grupo de Apoyo Judicial, se deberán tener en cuenta los siguientes lineamientos básicos, enfocados a unificar los criterios de servicio al ciudadano:

1.1. A cada usuario se le suministrará información general respecto de MÁXIMO 5 PROCESOS. En caso de requerir consulta sobre más sociedades, deberá solicitarse un nuevo turno, el cual...

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