Circular interna número 28 de 2019 - 26 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 828239349

Circular interna número 28 de 2019

EmisorVarios - Jurisdicción Especial para la Paz
Número de Boletín51149

Para: Magistradas, Magistrados, Director de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), Secretaria Judicial, Jefe del Grupo de Análisis de la Información (GRAI), Servidoras, Servidores, Contratistas.

De: Secretaria Ejecutiva

Asunto: Notificación de las respuestas a los derechos de petición. Fecha:

Mediante Resolución número 3351 del 3 de octubre de 2019, la Secretaria Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz, reglamentó el trámite interno de las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias y felicitaciones al interior de la entidad.

Los Capítulos V y VI de la Ley 1437 de 2011 -Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo-, a fin de asegurar el cumplimiento del principio de publicidad de la función pública, prevén la obligatoriedad de notificar las respuestas a los derechos de petición emitidas por las entidades del Estado.

En atención a lo anterior, se requiere que las servidoras y servidores públicos de cada una de las dependencias de la Jurisdicción Especial para la Paz, que deban responder los derechos de petición presentados ante la entidad, tengan en cuenta los siguientes lineamientos:

  1. Toda respuesta a los derechos de petición debe enviarse a la dirección y/o al correo electrónico que registre el peticionario en su escrito de petición, dentro del plazo previsto en la norma según el tipo de petición.

  2. Cuando se desconozcan los datos del destinatario, pero este hubiere registrado su número telefónico, se debe llamar al mismo, a fin de solicitar que suministre la dirección de correspondencia.

  3. Cuando no se tenga noticia de ninguno de los datos ya expuestos o estos resulten erróneos, se debe proceder a la notificación por aviso de que trata el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, la cual se entiende surtida mediante la publicación de la copia íntegra de la respuesta, en la cartelera ubicada en el primer piso del edificio de la entidad y en la página electrónica por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación de la respuesta se considerará surtida al finalizar el día...

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