Circular número 000012 de 2016 - 19 de Abril de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 636295961

Circular número 000012 de 2016

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo
Número de Boletín49849

Para: Empleadores del sector hidrocarburos y prestadores del Servicio Público de Empleo.

DE: Unidad del Servicio Público de Empleo

Asunto: Lineamientos facultativos de relacionamiento entre los Empleadores del sector de hidrocarburos y prestadores del Servicio Público de Empleo.

Fecha: 11 de abril de 2016.

La Ley 1636 de 2013 "por el cual se crea el mecanismo de protección al cesante en Colombia" elevó la prestación de actividades de gestión y colocación de empleo a la categoría de servicio público con la finalidad de lograr una mejor organización del mercado de trabajo en Colombia, al ayudar a los trabajadores a encontrar un empleo conveniente y a los empleadores a contratar trabajadores apropiados a las necesidades de la empresa.

Por su parte, el Decreto 2852 de 2013 (compilado por el Decreto 1072 de 2015), en desarrollo de lo previsto en la Ley 1636 de 2013, estableció un procedimiento para la obtención de la autorización de prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo, y reglamentó la imposición de sanciones para las personas que ejerzan la actividad antes descrita sin tener la respectiva autorización. De igual forma, las anteriores normas establecieron la obligación de todos los empleadores de registrar sus vacantes a través de los prestadores autorizados del servicio público de empleo, prohibiendo con ello que se acuda a intermediadores ilegales y buscando el mejor funcionamiento del mercado laboral.

Para las zonas donde se desarrollan proyectos de exploración y producción de hidrocarburos, el Decreto 2089 de 2014 estableció medidas transitorias y excepcionales para algunos municipios (los previstos en la Resolución 5050 de 2014), con el fin de priorizar la contratación de mano de obra local y hacer más trasparente el acceso a las vacantes generadas por dicho sector.

Teniendo en cuenta la normativa referida, y con el fin de lograr un mejor funcionamiento del mercado laboral de la industria hidrocarburífera, se establecen los siguientes lineamientos facultativos de relacionamiento entre los empleadores de esta industria y los prestadores del Servicio Público de Empleo, con los cuales se pretende: i) seguir haciendo frente a la comisión prácticas irregulares de intermediación; ii) hacer un uso más eficiente de los recursos del servicio público de empleo; y iii) garantizar la calidad en la prestación de los servicios de los prestadores.

1. Condiciones generales de relacionamiento entre empleadores y prestadores del servicio público de empleo.

Los empleadores buscarán acudir a los prestadores autorizados del Servicio Público de Empleo no solo para cumplir su obligación...

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