Circular número 002 de 2018
Emisor | Ministerio de Comercio, Industria y Turismo |
Número de Boletín | 50485 |
Para [usuarios y funcionarios del ministerio de
_COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO_
De: DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR _
Asunto: ADICIÓN CIRCULAR NÚMERO 038 DEL 2017 - DISTRIBUCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CONTINGENTE DE EXPORTACIÓN DE AZÚCAR Y PRODUCTOS CON AZÚCAR DENTRO DEL
Acuerdo para la promoción comercial colombia-,
_ESTADOS UNIDOS_
Fecha: Bogotá D. C., 15 de enero de 2018
Considerando que en la página web Customs and Border Protection del Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica (https://www.cbp.gov/document/report/quota-status-reports), se refleja la utilización anticipada del cupo asignado a Colombia para el azúcar y los productos con azúcar en desarrollo del Acuerdo Comercial para la promoción comercial Colombia - Estados Unidos, para la vigencia del año 2010, se procede a adicionar el numeral 9 "Disposiciones Generales" de la Circular número 038 del 28 de diciembre de 2017, el cual quedará así:
"9. Disposiciones Generales
- El cupo asignado o reasignado no es transferible y deberá ser utilizado exclusivamente a quien le fue otorgado por la subpartida solicitada.
- En caso de presentarse excedentes al momento de las asignaciones, el saldo se distribuirá nuevamente siguiendo los parámetros establecidos en la asignación inicial, devolución voluntaria y reasignación de cupos, respectivamente.
- Los Certificados de Elegibilidad que no sean utilizados en los plazos establecidos, deberán devolverse al Grupo Diseño de Operaciones de Comercio Exterior de este Ministerio, a fin de ser entregados a la Oficina de Agricultura de la Embajada de Estados Unidos en Colombia.
- El usuario no podrá solicitar reasignación de cupo, si antes del 26 de octubre de 2018 no ha utilizado el 80% del cupo asignado el 15 de enero y el 6 de agosto de 2018, para lo cual se tendrá en cuenta la sumatoria de las toneladas otorgadas.
- Si el declarante no presenta las declaraciones de exportación oportunamente o presenta soportes que no corresponden a lo autorizado, no será considerado para la reasignación.
- Una vez se...
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