Circular número 004 de 2020
Emisor | Ministerio de Comercio, Industria y Turismo |
Número de Boletín | 51253 |
Para USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
De: DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR_
SE REGLAMENTAN LOS CONTINGENTES DE EXPORTACIÓN DE CONFITERÍA Asunto: Y CHOCOLATES PARA ARGENTINA ESTABLECIDOS POR EL DECRETO 666 DE
_2019, PARA EL AÑO 2020_
Fecha: Bogotá, D. C. 27 febrero 2020_
En aplicación del artículo 3º del Decreto 666 del 24 de abril de 2019 "Por el cual se determina la administración de unos contingentes arancelarios establecidos en el Acuerdo de Complementación Económica número 72 suscrito el 21 de julio de 2017 entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay; Estados Partes del Mercosur, y el Gobierno de la República de Colombia", los contingentes serán reglamentados y distribuidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de la siguiente manera:
Especificaciones del Contingente Anual
La distribución se efectuará entre las siguientes partidas:
1. Asignación
La asignación del contingente se realizará teniendo en cuenta el método de primera solicitud, primera servida de acuerdo con las solicitudes recibidas en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). En el evento que se presenten varias solicitudes para las partidas 17.04 y 18.06 por parte de una misma empresa, se tomará la primera solicitud recibida a través de la VUCE teniendo en cuenta la fecha y hora registrada por el servidor. Las demás solicitudes serán rechazadas.
2. Solicitud de asignación
Los exportadores interesados en acceder al contingente deberán seguir los siguientes lineamientos:
· Estar registrado en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).
· Disponer de una firma digital.
· Tener la matrícula "Activa" en el Registro Mercantil.
· Haber renovado el Registro Mercantil.
La Subdirección de Diseño y Administración de Operaciones, a través del Grupo Diseño de Operaciones de Comercio Exterior, podrá consultar la información requerida a través del Registro Único Empresarial (RUES).
El exportador que no cumpla con los requisitos anteriormente señalados no podrá participar en ninguna de las asignaciones.
La solicitud de asignación del contingente de exportación se deberá realizar entre el 2 y el 13 de marzo de 2020, el solicitante deberá ingresar con su usuario y contraseña al botón
"Contingentes de Exportación" del Módulo Contingentes de Exportación de la VUCE en la página web www.vuce.gov.co, y efectuar los...
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