Circular número 013 de 2017 - 31 de Marzo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 676164541

Circular número 013 de 2017

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín50192

Para: Usuarios y Funcionarios del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
De: Director de Comercio Exterior
Asunto: Resolución número 000058 de 2017 - Reglamenta los Contingentes de Importación de los demás Alcoholes Etílicos sin Desnaturalizar para el año 2017
Fecha: Bogotá, D. C., 30 de marzo de 2017

Para su conocimiento y fines pertinentes de manera atento se informa que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió la Resolución número 000058 del 15 de marzo de 2017, mediante la cual se reglamenta y administra el contingente de importación para el año 2017 de los demás alcoholes sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior al 80% vol., clasificado por la subpartida arancelaria 2208.90.10.00, establecido en el Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras; y su Decreto Reglamentario número 4768 de 2009.

Según lo señalado en los artículos 1º y 2º de la Resolución número 000058 de 2017, el contingente de importación para el año 2017 corresponde a dieciséis millones doscientos mil (16.200.000) litros y será distribuido a prorrata exclusivamente entre las licoreras departamentales solicitantes, de acuerdo con su participación dentro del total de las solicitudes presentadas y se asignará en cantidades de embarques comercialmente viables correspondientes a un volumen mínimo de diecinueve mil (19.000) litros.

De acuerdo a lo establecido en los artículos 5º y 6º de la Resolución número 000058 de 2017, la Oficina de Asuntos Internacionales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural evaluará la solicitud de cada importador, determinará la cantidad...

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