Circular número 013 de 2020
Emisor | Ministerio de Comercio, Industria y Turismo |
Número de Boletín | 51314 |
Para: USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE __COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO_
De:__DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR_
Asunto: "SISTEMATIZACIÓN INFORMACIÓN OPERACIONES CARGA AÉREA", A TRAVÉS DE LA VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR (VUCE), EN LAS CIUDADES DE CÚCUTA, PEREIRA, _ ARMENIA, SAN ANDRÉS Y PROVIDENCIA_
Fecha: Bogotá, D. C., a 13 de mayo de 2020
El Jefe del Área de Control Portuario y Aeroportuario de la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional, o través de Comunicación número S-2020-044012-DIRAN del 7 de mayo de 2020, ha informado los lineamientos poro la implementación de la obligatoriedad del sistema de información operaciones cargo aérea a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), con el cual se eliminará de manera definitiva la presentación física del documento "Carta de Responsabilidad" en las salas de análisis de los aeropuertos internacionales Matecaña - Pereira, El Edén - Armenia, Camilo Daza - Cúcuta y Gustavo
Rojas Pinillo - San Andrés y Providencia, para todas las operaciones de exportación que generen solicitud de autorización de embarque - SAE.
En ese orden, de manera atenta se informó que el 25 de mayo de 2020 entrará en obligatoriedad la sistematización de la información antinarcóticos para las operaciones de carga aéreo, realizadas a través de todas las aerolíneas que operan en los aeropuertos antes mencionados.
A continuación, se indican los trámites que deben realizar los usuarios de acuerdo al tipo de operación:
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Las "Operaciones Aéreas OA" que se elaboran bajo el documento guía máster y contienen carga amparada bajo el "Formulario Movimiento de Mercancías" y otras con Solicitud Autorización de Embarque (SAE) entidades como carga mixta, no tienen alcance por el sistema SIIS de la VUCE;
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En las operaciones donde el declarante realiza una guía master que incluye varios productos de exportación, entre ellos flores, estas tienen alcance a través del sistema SIIS de la VUCE;
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El declarante debe presentar la carta de responsabilidad para las operaciones de menajes ante la Compañía Antinarcóticos Control Aeroportuario de Pereira, Armenia, Cúcuta, San Andrés y Providencia, ya que estas operaciones no hacen parte del sistema
SIIS de la VUCE;
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