Circular número 014 de 2019 - 8 de Julio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 798512365

Circular número 014 de 2019

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín51008

Para: USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

De: DIRECTORA DE COMERCIO EXTERIOR (E)

Asunto: ADMINISTRACIÓN DEL CUPO DE IMPORTACIÓN DE MERCURIO POR EL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO EN APLICACIÓN DEL DECRETO 1041 DE 2018 PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 16 DE JULIO DE 2019 Y EL 15 DE JULIO DE 2020

Fecha: Bogotá, D. C., 4 de julio de 2019

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto número 1041 del 21 de junio de 2018, el cual modificó el artículo 3º del Decreto número 2133 de 2016, a continuación se establecen los criterios para la asignación del cupo anual de importación de mercurio clasificado por la subpartida 2805.40.00.00 correspondiente a 0,5 toneladas, para el periodo comprendido entre el 16 de julio de 2019 y hasta el 15 de julio de 2020, para ser utilizado exclusivamente en actividades diferentes a la minería, el cual será administrado por la Dirección de Comercio Exterior, así:

Criterios para la asignación del cupo por parte de la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo:

La asignación del cupo de mercurio clasificado por la subpartida 2805.40.00.00 entre los importadores que lo requieran para ser utilizado en actividades industriales (diferentes de las del sector salud), se hará de acuerdo con el siguiente criterio: 90% para importadores tradicionales y 10% para nuevos importadores.

Se entiende por importadores tradicionales aquellos que hayan realizado importaciones en alguno de los años 2016, 2017 o 2018. La asignación de cupo se hará de acuerdo con la participación porcentual en las importaciones realizadas durante el periodo mencionado. Por nuevo importador se entiende aquel que no importó en ninguno de los años señalados. La asignación de cupo para estos casos se hará por prorrateo entre las solicitudes recibidas.

Solicitud de Asignación:

Para la asignación y control del cupo, la Dirección de Comercio Exterior utilizará el aplicativo informático de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). Los usuarios interesados en acceder al cupo deberán cumplir los siguientes requisitos:

- Estar registrados en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

- Disponer de una firma digital, de conformidad con la Circular número 014 de 2016.

- Estar inscritos en el "Registro Único Nacional de Importadores y Comercializado-res Autorizados", de conformidad con la Resolución número 130 del 24 de enero de 2017.

Los importadores...

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