Circular número 018 de 2018 - 28 de Mayo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 726437873

Circular número 018 de 2018

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín50607

Para: USUARIOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE COMER-

_CIO, INDUSTRIA Y TURISMO_

De: DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR_

Asunto: MODIFICACIÓN CIRCULAR NÚMERO 031 de 2017 - DISTRIBUCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CONTINGENTE DE EXPORTACIÓN DE AZÚCAR SIN REFINAR Y PANELA DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) A ESTADOS

_UNIDOS 2017-2018_

Fecha: Bogotá, D. C., 28 de mayo de 2018

Teniendo en cuenta las solicitudes presentadas por algunos exportadores del sector azucarero y panelero sobre la ampliación del plazo para exportar los cupos asignados el 13 de octubre de 2017 y el 25 de abril de 2018, como consecuencia de la implementación del nuevo sistema de administración de puertos que afectó algunas operaciones logísticas en el puerto de Buenaventura, se hace necesario modificar parcialmente la Circular 031 del 27 de septiembre de 2017 en los siguientes términos:

El título "Reasignación de cupos" quedará así:

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo revisará la utilización de los cupos asignados y en caso de no utilizar los certificados de elegibilidad por parte de los exportadores a quienes se les asignó cupo, antes del 10 de agosto de 2018 inclusive, se procederá con la reasignación del cupo.

El 21 de agosto de 2018 se publicarán en la página www.vuce.gov.co, las toneladas métricas a reasignar.

Entre el 22 y el 28 de agosto de 2018 se recibirán las solicitudes de reasignación de cupo por el Módulo Formulario Único de Comercio Exterior (FUCE) de la VUCE. La reasignación del contingente se realizará entre usuarios históricos y nuevos de acuerdo a los porcentajes establecidos en la sección "Asignación Inicial" de la Circular 031 de 2017 para cada subpartida arancelaria.

El 31 de agosto de 2018 se publicarán en la página www.vuce.gov.co las toneladas reasignadas a cada solicitante por subpartida arancelaria.

El Certificado de Elegibilidad para el cupo reasignado se deberá solicitar en el periodo comprendido entre el 1º y el 24 septiembre de 2018, de acuerdo con el procedimiento establecido en la sección "Procedimiento para solicitar el certificado de elegibilidad" y deberá ser utilizado antes del 30 de septiembre de 2018, inclusive. El exportador será el responsable de nacionalizar su producto en la aduana americana antes del 30 de septiembre de 2018".

El título "Control" quedará así:

El exportador deberá informar la utilización de los cupos otorgados en la asignación inicial y devolución voluntaria, enviando las declaraciones de...

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