Circular número 022 de 2017 - 5 de Agosto de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 690977309

Circular número 022 de 2017

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín50316

SDAO

Para: Usuarios y funcionarios del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo De: Director de Comercio Exterior

Asunto: Resolución 224 de 2017 - Se reglamentan los cupos de exportación para harina de trigo, grañones y sémola de trigo otorgados por México a los bienes originarios de Colombia. Fecha: Bogotá, D. C., 2 agosto 2017_

Para su conocimiento y fines pertinentes, de manera atenta se informa que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió la Resolución 224 del 25 de julio de 2017, a través de la cual se reglamentan los cupos de exportación para harina de trigo, grañones y sémola de trigo, correspondientes al séptimo año, otorgados por México a bienes originarios de Colombia, establecidos en el anexo 4, artículo 5-04 Bis Sección B, del Decreto 2676 de 2011, modificado por el Decreto 15 de 2012. Las subpartidas y productos sujetos a cupos libres de arancel son los siguientes:

De conformidad con el artículo 6º de la citada resolución, los exportadores seleccionados deberán tramitar la solicitud de autorización previa a la exportación hasta el 17 de julio de 2018, a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), página web: www.vuce.gov.co., módulo de exportaciones, Minagricultura - control de cupo.

La vigencia de la autorización del cupo de exportación asignado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural será hasta el 1º de agosto de 2018.

El procedimiento que el usuario debe seguir para el trámite de la exportación de los productos antes mencionados, a través del módulo de exportaciones de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), es el siguiente:

  1. Estar registrado ante la VUCE y disponer del certificado de firma digital de conformidad con la Circular 014 de 2016.

  2. Ingresar a la página de internet www.vuce.gov.co, enlace "Exportaciones".

  3. Digitar usuario y contraseña.

  4. Estar inscrito en el RUT (Registro Único Tributario) y RUE (Registro Único...

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