Circular número 023 de 2017
Emisor | Ministerio de Comercio, Industria y Turismo |
Número de Boletín | 50316 |
SDAO
Para su conocimiento y fines pertinentes, de manera atenta se informa que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió la Resolución 225 del 25 de julio de 2017, a través de la cual se reglamentan los cupos de exportación para leche y productos lácteos, correspondientes al séptimo año, otorgados por México a bienes originarios de Colombia, establecidos en el anexo 4, artículo 5-04 Bis Sección B, del Decreto 2676 de 2011, modificado por el Decreto 15 de 2012. Las subpartidas y productos sujetos a cupos libres de arancel son los siguientes:
De conformidad con el artículo 6º de la citada resolución, los exportadores seleccionados deberán tramitar la solicitud de autorización previa a la exportación hasta el 17 de julio de 2018, a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), página web: www.vuce.gov.co., módulo de exportaciones, Minagricultura - control de cupo.
La vigencia de la autorización del cupo de exportación asignado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural será hasta el 1º de agosto de 2018.
El procedimiento que el usuario debe seguir para el trámite de la exportación de los productos antes mencionados, a través del módulo de exportaciones de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), es el siguiente:
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Estar registrado ante la VUCE y disponer del certificado de firma digital de conformidad con la circular 014 de 2016.
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Ingresar a la página de internet www.vuce.gov.co, enlace "Exportaciones".
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Digitar usuario y contraseña.
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Estar inscrito en el RUT (Registro Único Tributario) y RUE (Registro Único Empresarial).
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En el menú ubicado en la parte izquierda de la pantalla seleccionar "Iniciar trámite".
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Diligenciar los campos solicitados y seleccionar en la lista de trámites la opción correspondiente, según el producto a...
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