Circular número 05 de 2018, por la cual se modifica la Circular número 02 de 2017 - 19 de Junio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 729751093

Circular número 05 de 2018, por la cual se modifica la Circular número 02 de 2017

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50629

La Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por el artículo 245 de la Ley 100 de 1993, el artículo 87 de la Ley 1438 de 2011, el artículo 72 de la Ley 1753 de 2015 y el Decreto número 705 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Comisión expidió la Circular número 02 de 2017, por la cual se incorpora al Régimen de Libertad Vigilada los dispositivos médicos anticonceptivos, se sustituye el Anexo Técnico número 1 contenido en la Circular número 01 de 2015 y se dictan otras disposiciones.

Que el Ministerio de Salud y Protección Social debió realizar los ajustes pertinentes para el buen funcionamiento de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social (SISPRO) para reportar los precios de Dispositivos Médicos en Régimen de Libertad Vigilada, por lo cual no fue posible habilitarla para cumplir con lo dispuesto por la Circular número 02 de 2017 tras su entrada en vigencia.

Que en vista de lo anterior, en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social Salud > Medicamentos y Tecnologías > Regulación de precios de Dispositivos Médicos, se indicó que la Secretaría Técnica informaría la fecha para dar inicio al cargue de los reportes.

Que los obligados a reportar manifestaron la necesidad de tener la certeza sobre a partir de cuándo es exigible la obligación de reporte, respaldada por un acto administrativo.

Que al ser pertinente que los obligados a reportar cuenten con un período suficiente para familiarizarse con la metodología para el cargue de datos en la Plataforma, la Comisión observa necesario modificar el artículo 6º de la Circular número 02 de 2017.

Que para realizar el monitoreo del mercado de Dispositivos Médicos en Libertad Vigilada de manera adecuada, se hace pertinente que la Comisión determine el alcance de ese monitoreo, restringiéndolo para que no aplique a operaciones de venta al detal...

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