Contraloría General de la República Resolución reglamentaria número 0175 de 2012, por la cual se adoptan las medidas necesarias para garantizar la implementación del SICA en la Contraloría General de la República. - 20 de Junio de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 380962606

Contraloría General de la República Resolución reglamentaria número 0175 de 2012, por la cual se adoptan las medidas necesarias para garantizar la implementación del SICA en la Contraloría General de la República.

EmisorVarios - Contaduría General de la República
Número de Boletín48467
22
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.467
Miércoles, 20 de junio de 2012
CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
ACUERDOS
(junio 19)
por medio del cual el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de
-
rector General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), para el

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR),
en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en los
artículos 27 literal j), el artículo 28 de la Ley 99 de 1993, el numeral 11 del artículo 24 de

y Desarrollo Territorial, por la cual se aprobaron los estatutos de la entidad y el artículo

CONSIDERANDO:
Que es función del Consejo Directivo, según lo establece el literal j) del artículo 27 de
la Ley 99 de 1993, nombrar el Director General de la Corporación.
Que el artículo 21 del Decreto 1768 de 1994 determina los requisitos para ejercer el
cargo de Director General, e igualmente los artículos 38 y 42 de los Estatutos, señalan en
su orden cuáles son los requisitos para ser Director General de la Corporación y cuáles son
las funciones del cargo.
Que es interés del Consejo Directivo, desarrollar un proceso que garantice los princi-

que guían la función administrativa para asegurar la elección de los candidatos con plena
capacidad, experiencia y aptitudes para el desempeño del cargo.
Que en mérito de lo anterior,
ACUERDA:
Artículo 1°. El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
(CAR), para el período 2012 – 2015, se designará consultando los principios de igualdad,

administrativa y con la observancia de las garantías que tiene todo ciudadano a acceder al
desempeño de funciones y cargos públicos.
Artículo 2°. Convocatoria Pública. La convocatoria pública para la designación de
quien deba ocupar el cargo de Director General de la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca (CAR), para el período 2012–2015, se abrirá a partir del día viernes 22 de
junio de 2012, mediante aviso de convocatoria que se publicará en diario de amplia circu-
lación nacional y en la página web de la Corporación.
Artículo 3°. Requisitos. Las hojas de vida deberán presentarse acompañadas de los
documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 21 del
Decreto 1768 de 1994.
Solamente serán admitidos al proceso de elección aquellos aspirantes que cumplan con
los referidos requisitos.
Las personas interesadas en participar en el proceso de selección y designación deberán
presentar sus hojas de vida con el lleno de los requisitos exigidos, en la Secretaría General
de la Corporación, ubicada en la carrera 7ª N° 36-45, piso 7, de Bogotá, D.C., los días 9 y
10 de julio de 2012.
Artículo 4°. Comité. El Consejo Directivo de la CAR conformará, de entre sus miembros,

con las hojas de vida de los candidatos de acuerdo con el artículo 21 del Decreto 1768 de
       
diseñará una lista con los aspirantes habilitados. Para tales efectos el comité contará hasta
con cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha del cierre del término para recibir
 -
ción de requisitos y la lista de aspirantes habilitados, en sesión extraordinaria del Consejo
Directivo del día 18 de julio de 2012, a las 8:00 a. m.
-
ciplinarios con respecto a cada uno de los interesados, como requisitos para ser incluidos
en la lista de habilitados para el ejercicio del cargo.
Artículo 5°. Una vez haya sido elaborada la lista de aspirantes habilitados, esta será
publicada en la página web de la CAR, en la fecha señalada en el cronograma anexo por
  
de requisitos efectuada por el comité, tendrán un término máximo de un (1) día hábil para
presentarla en forma motivada; término que se contará a partir de la publicación de la lista
de aspirantes habilitados en la página web de la CAR. Los días 23 y 24 de julio de 2012,
el comité, analizará el contenido de las mismas, las responderá y las presentará ante el
Consejo Directivo para su aprobación, en sesión extraordinaria realizada el día 25 de julio
de 2012, a las 8:00 a. m. Las respuestas aprobadas por el Consejo Directivo se publicarán
en la página web de la CAR, el día 26 de julio de 2012.
Parágrafo. Las sesiones extraordinarias serán efectuadas en la fecha y hora señaladas
en el cronograma anexo y se entienden debidamente convocadas con la publicación del
presente acuerdo.
Artículo 6°. Designación del Director General. En sesión extraordinaria del Consejo
Directivo del día veintisiete (27) de julio de 2012, a partir de las ocho de la mañana (8.00
a. m.), en la sede central de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR),

uso de su facultad legal, designará al Director General de la Corporación de los candidatos
que conformen la lista de aspirantes habilitados.
Para ser elegido Director General se requiere, como mínimo de 8 votos de los miembros
del Consejo Directivo. La votación se hará en estricto orden alfabético teniendo en cuenta
el primer apellido de cada miembro mediante voto nominal y público.
Artículo 7°. Acompañamiento entes de control. El Consejo Directivo invitará a la
         
proceso para la designación del Director General de la Corporación Autónoma Regional
de Cundinamarca (CAR), para el período 2012- 2015.
Artículo 8°. Vigencia y derogatorias. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su
publicación en el  y deroga a todas aquellas normas que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de junio de 2012.
El Presidente del Consejo Directivo,
Álvaro Cruz Vargas.
La Secretaria del Consejo Directivo,
Amparo Cruz Peña.
ANEXO NÚMERO 1
CRONOGRAMA PROCESO DE ELECCIÓN DIRECTOR GENERAL
FECHA ACTIVIDAD RESPONSABLE
22 DE JUNIO
CONVOCATORIA QUE SE PUBLICARÁ EN DIA-
    
NACIONAL
SGEN
9 Y 10 DE JULIO    
 SGEN
11 AL 17 DE
JULIO
    
   -
LO 21 DEL DECRETO 1768 DE 1994 POR PARTE


18 DE JULIO

   
DE REQUISITOS Y LISTADO DE ASPIRANTES
-


DIRECTIVO
18 DE JULIO

    
 SGEN
19 DE JULIO
-
      

PARTICULARES
23 Y 24 DE
JULIO
ANÁLISIS Y RESPUESTA A OBSERVACIONES DE
LOS INTERESADOS 
25 DE JULIO A

   
RESPUESTA A OBSERVACIONES DE LOS INTE-
 
EXTRAORDINARIA

DIRECTIVO
26 DE JULIO   
OBSERVACIONES SGEN
27 DE JULIO


 CONSEJO DIRECTIVO
(C. F.).
V A R I O S
RESOLUCIONES REGLAMENTARIAS
RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA NÚMERO 0175 DE 2012
(junio 20)
por la cual se adoptan las medidas necesarias para garantizar la implementación
La Contralora General de la República, en uso de sus atribuciones constitucionales y
legales, especialmente las establecidas en el artículo 4° del Decreto 271 de 2000 y el articulo
35 numeral 1 del Decreto 267 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en el artículo 267, inciso 1° establece
que el Control Fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR