V A R I O S Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda Resoluciones Resolución número DGC-000305 de 2008, por la cual se declara el incumplimiento del Contrato número 070000-857-0-2007 del 5 de junio de 2007 y se dictan otras disposiciones. - 16 de Abril de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 57083998

V A R I O S Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda Resoluciones Resolución número DGC-000305 de 2008, por la cual se declara el incumplimiento del Contrato número 070000-857-0-2007 del 5 de junio de 2007 y se dictan otras disposiciones.

EmisorVarios
Número de Boletín47322

us facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren, el articulo 161 del Decreto 960 de 1970, el articulo 5° del Decreto 2163 de 1970, los articulos 61 y 66 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 131 de la Constitucion Politica dispone que el cargo de notario en prosus facultades piedad deba proveerse por concurso.

Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convoco a Concurso Publico y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad y el Ingreso a la Carrera Notarial, para proveer en propiedad el cargo de Notario en diferentes circulos notariales del territorio nacional.

Que mediante Acuerdo 167 de 2008, el Consejo Superior conformo la Lista de Elegibles para proveer en propiedad el cargo de Notario en los departamentos de Cauca, Nariño, Valle, Huila, Caldas, Risaralda y Quindio, la cual fue conformada por circulo notarial, con los nombres y documentos de identidad de quienes en estricto orden descendente, obtuvieron los mayores puntajes, como resultado de la suma de las calificaciones correspondientes a las distintas fases del concurso, de acuerdo con el minimo fijado para la integracion de las para proveer en listas de elegibles de sesenta puntos (60). (Decreto 926 de 2007 y articulo 19 del Acuerdo 01 de 2006).

Que la designacion de los Notarios de Primera Categoria es competencia del Gobierno Nacional.

Que la doctora Maria del Rosario Cuellar de Ibarra, identificada con la cedula de ciudadania numero 25587003 expedida en Patia, aspirante a Notaria del Circulo de Popayan, obtuvo un puntaje total de 75 puntos, de suerte tal que tiene derecho a ser nombrada en propiedad en ese circulo notarial.

Que el Consejo Superior en sesion celebrada el dia 22 de diciembre de 2008, fijo la siguiente directriz: "1. Que se proceda al nombramiento en propiedad y al ingreso a la carrera notarial de los aspirantes que superaron el concurso y que frente a la decision de la Juez Cuarto Administrativo de Ibague, dentro de la accion popular que cursa en ese despacho, no resulten afectados con el reconocimiento de los cinco (5) puntos, relacionados con el reconocimiento de la obra juridica".

Que la aspirante Maria del Rosario Cuellar de Ibarra, no acredito la autoria de la obra juridica mediante el mecanismo alterno suspendido provisionalmente por el Juez Cuarto Administrativo de Ibague, por lo que cualquiera sea la decision de fondo que en segunda instancia se adopte en ese Proceso numero 00413 de 2007, sigue dentro de los aspirantes con derecho a ser nombrados en el cargo de notario.

Que en consecuencia y en cumplimiento a lo dispuesto en los articulos 11 del Decreto en ese Proceso 3454 de 2006 y 19 del Acuerdo numero 01 de 2006 del Consejo Superior, se procedera a dar curso al nombramiento en propiedad de la doctora Maria del Rosario Cuellar de Ibarra.

Por lo anteriormente expuesto, DECRETA:

Articulo 1° Nombrese en propiedad, a la doctora Maria del Rosario Cuellar de Ibarra, identificada con la cedula de ciudadania numero 25587003, como Notaria Tercera (3ª) del Circulo de Popayan.
Articulo 2° Para tomar posesion de este cargo, la designada debera acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro la documentacion de ley.

oficial Libertad y Orden * I S S N 0122-2112 P numero 999 Ministerio del interior y de Justicia Articulo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedicion.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dado en Bogota, D. C., a 15 de abril de 2009.

FABIO VALENCIA COSSIO El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio.

DECRETO NUMERO 1257 DE 2009 El Ministro del Interior y de Justicia de la Republica de Colombia, delegatario de funciones presidenciales, en virtud del Decreto 1225 del 13 de abril de 2009, en ejercicio de constitucionales y legales, en especial las que le confieren, el articulo 161 del Decreto 960 de 1970, el articulo 5° del Decreto 2163 de 1970, los articulos 61 y 66 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 131 de la Constitucion Politica dispone que el cargo de notario en propiedad deba proveerse por concurso.

Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convoco a Concurso Publico y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad y el Ingreso a la Carrera Notarial, para proveer en propiedad el cargo de Notario en diferentes circulos notariales del territorio nacional.

Que mediante Acuerdo 142 de 2008, el Consejo Superior conformo la Lista de Elegibles propiedad el cargo de Notario en los departamentos de Cundinamarca, Boyaca, Tolima, Casanare, Vichada, Meta, Guaviare, Amazonas, Putumayo y San Andres, la cual fue conformada por circulo notarial, con los nombres y documentos de identidad de quienes en estricto orden descendente, obtuvieron los mayores puntajes, como resultado de la suma de las calificaciones correspondientes a las distintas fases del concurso, de acuerdo con el minimo fijado para la integracion de las listas de elegibles de sesenta puntos (60). (Decreto 926 de 2007 y articulo 19 del Acuerdo 01 de 2006).

Que la designacion de los Notarios de Primera Categoria es competencia del Gobierno Nacional.

Que el doctor Eduardo Luis Pacheco Juvinao, identificado con la cedula de ciudadania numero 19237940, aspirante a Notario del Circulo de Bogota obtuvo un puntaje total de 80,7833333 puntos, de suerte tal que tiene derecho a ser nombrado en propiedad en ese circulo notarial.

Que el Consejo Superior en sesion celebrada el dia 22 de diciembre de 2008, fijo la siguiente directriz: "1. Que se proceda al nombramiento en propiedad y al ingreso a la carrera notarial de los aspirantes que superaron el concurso y que frente a la decision de la Juez Cuarto Administrativo de Ibague, dentro de la accion popular que cursa en ese despacho, no resulten afectados con el reconocimiento de los cinco (5) puntos, relacionados con el reconocimiento de la obra juridica (...)".

Que el aspirante Eduardo Luis Pacheco Juvinao, no acredito la autoria de la obra juridica mediante el mecanismo alterno suspendido provisionalmente por el Juez Cuarto Administrativo de Ibague, por lo que cualquiera sea la decision de fondo que se adopte numero 00413 de 2007, sigue dentro de los aspirantes con derecho a ser nombrados en el cargo de notario.

Que la decision final que debe adoptar el juez en la accion popular en comento, si es factor determinante para establecer la notaria que ha de corresponder a cada uno de los aspirantes.

Que, en consecuencia y en cumplimiento a lo dispuesto en los articulos 11 del Decreto 3454 de 2006 y 19 del Acuerdo 1 de 2006 del Consejo Superior, se procedera a dar curso al nombramiento en propiedad del doctor Eduardo Luis Pacheco Juvinao, pero la localizacion notarial definitiva, quedara sujeta a la decision de fondo de la accion popular.

Por lo anteriormente expuesto, DECRETA:

Articulo 1° Nombrese en propiedad, al doctor Eduardo Luis Pacheco Juvinao, identificado con la cedula de ciudadania numero 19237940 como Notario Cincuenta (50) del Circulo de Bogota.
Articulo 2° Para tomar posesion de este cargo, el designado debera acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro la documentacion de ley.
Articulo 3° El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedicion.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dado en Bogota, D. C., a 15 de abril de 2009.

FABIO VALENCIA COSSIO El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio.

DECRETO NUMERO 1258 DE 2009 (abril 15) por el cual se designa un Notario en propiedad.

El Ministro del Interior y de Justicia de la Republica de Colombia, delegatario de funciones presidenciales, en virtud del Decreto 1225 del 13 de abril de 2009, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren, el articulo 161 del Decreto 960 de 1970, el articulo 5° del Decreto 2163 de 1970, los articulos 61 y 66 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 131 de la Constitucion Politica dispone que el cargo de notario en propiedad deba proveerse por concurso.

Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convoco a Concurso Publico y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad y el Ingreso a la Carrera Notarial, para proveer en propiedad el cargo de Notario en diferentes circulos notariales del...

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