Corte Interamericana de Derechos Humanos - Caso Vereda La Esperanza Vs. Colombia - Sentencia de 31 de agosto de 2017 - 21 de Junio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 729806933

Corte Interamericana de Derechos Humanos - Caso Vereda La Esperanza Vs. Colombia - Sentencia de 31 de agosto de 2017

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín50631

(Excepción Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas)

RESUMEN OFICIAL EMITIDO POR LA CORTE INTERAMERICANA

El 31 de agosto de 2017 la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó una Sentencia, mediante la cual declaró responsable internacionalmente al Estado de Colombia por la desaparición forzada de 12 personas y la privación arbitraria a la vida de otra ocurridas en la Vereda La Esperanza del municipio de El Carmen de Viboral, departamento de Antioquia, entre el 21 de junio y el 27 de diciembre de 1996. Los hechos acaecieron con el apoyo y la aquiescencia prestados por agentes de la fuerza pública al grupo paramilitar denominado Autodefensas del Magdalena Medio (ACMM), lo que facilitó las incursiones a la Vereda La Esperanza y propició o permitió la comisión de estos actos. La Corte consideró responsable al Estado por la violación al derecho a las garantías judiciales y protección judicial por las Investigaciones de esos hechos, por la violación al derecho a la integridad personal de los familiares de las víctimas directas, así como al derecho de propiedad e inviolabilidad del domicilio por el allanamiento y destrucción de los bienes muebles e inmuebles de dos de las víctimas.

I. Reconocimiento de responsabilidad parcial

En el trámite del caso ante la Corte, el Estado reconoció su responsabilidad internacional por: i) la omisión en la garantía de los derechos al reconocimiento a la personalidad jurídica, vida, integridad personal y la libertad personal de doce víctimas desaparecidas, incluyendo a tres niños; ii) la omisión en la garantía de los derechos a la vida y a la integridad personal de Javier Giraldo; iii) las violaciones de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial de los familiares de las trece víctimas mencionadas y de José Eliseo Gallego Quintero debido a la falta de Investigación de los hechos relacionados con los daños a su vivienda; iv) la violación del derecho a la propiedad en perjuicio de José Eliseo Gallego Quintero, y v) las vulneraciones derivadas de los sentimientos de angustia, dolor e incertidumbre de los familiares de las víctimas como consecuencia de la ausencia de información sobre las circunstancias en que acaecieron los hechos. Sin embargo, el Estado no reconoció su responsabilidad por acciones de colaboración entre paramilitares y actores estatales en el marco de los hechos del presente caso, únicamente lo hizo por su falta al deber de prevención. La Corte consideró que la controversia había cesado en relación con esos puntos.

II. Hechos

Los hechos del caso tuvieron lugar en la Vereda La Esperanza que se encuentra situada en la región del Magdalena Medio, en el municipio del Carmen de Viboral, en el departamento de Antioquia. Esa región reviste una gran importancia estratégica y económica principalmente debido a su posición geográfica lo que propició la llegada, desde los años 1970, de grupos armados ilegales y las situaciones de violencia sobre la población civil. Durante esa época, las fuerzas militares comenzaron a establecer lo que se denominó 'grupos de autodefensa' con la misma filosofía de los grupos contraguerrilleros. Uno de los grupos de autodefensa que actuaba en la región fue denominado Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio ("ACMM"), con el objetivo de combatir a la guerrilla.

En lo que se refiere a los hechos del caso, consta que entre junio y diciembre de 1996 en la Vereda La Esperanza, doce personas fueron desaparecidas, dentro de las cuales se encontraban tres niños, y una persona fue ejecutada por miembros de las ACMM, en cooperación con integrantes de una unidad del Ejército llamada "Fuerza

* Integrada por la jueza y jueces siguientes: Roberto F. Caldas, Presidente; Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Vicepresidente; Eduardo Vio Grossi, Juez; Elizabeth Odio Benito, Jueza, Eugenio...

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