Resolución número 4359 de 2013, por la cual se modifica el articulo 37 de la Resolución CRC 3066 de 2011, en relación con el plazo para dar cumplimiento a las obligaciones allí dispuestas frente al servicio de roaming internacional - 31 de Octubre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 474175058

Resolución número 4359 de 2013, por la cual se modifica el articulo 37 de la Resolución CRC 3066 de 2011, en relación con el plazo para dar cumplimiento a las obligaciones allí dispuestas frente al servicio de roaming internacional

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión de Regulación de Comunicaciones
Número de Boletín48960

La Comisión de Regulación de Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la Ley 1341 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que en ejercicio de sus facultades legales previstas en la Ley 1341 de 2009, la Comisión de Regulación de Comunicaciones -CRC-, expidió la Resolución CRC 3066 de 2011 "Por la cual se establece el Régimen Integral de Protección de los Derechos de los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones".

Que con ocasión del desarrollo del proyecto regulatorio "Régimen de Protección de los Derechos de los Usuarios de Televisión y adecuación de la Resolución CRC 3066 de 2011 al Estatuto del Consumidor, al Decreto Antitrámites y al Nuevo CPACA", en el año 2012 la CRC generó espacios de acercamiento e interacción con los proveedores de servicios de comunicaciones, resultado de lo cual, se evidenció la necesidad de adecuar las medidas dispuestas en la Resolución CRC 3066 de 2011, entre otros aspectos, respecto del servicio de roaming internacional.

Que en el mes de noviembre de 2012 fue publicada la propuesta de resolución por medio de la cual se presentaron las modificaciones a la Resolución CRC 3066 de 2011. Con ocasión de dicha publicación, el sector allegó múltiples comentarios, en los cuales esta Entidad pudo evidenciar la necesidad de reformular el proyecto en el sentido de llevar a cabo no sólo una actualización normativa, sino adelantar una revisión integral del Régimen de Protección de Usuarios de Comunicaciones, con el objeto de atender debidamente las inquietudes de los usuarios, las Entidades de Control, los gremios y los operadores de servicios de comunicaciones, de manera que se identifiquen las medidas necesarias orientadas a lograr un régimen simple, claro, transparente de fácil implementación y aplicación, acorde con los principios de protección al usuario y promoción de la inversión.

Que en el artículo 37 de la Resolución CRC 3066 de 2011, se encuentran definidas las condiciones en las que se debe ofrecer y suministrar el servicio de roaming internacional a los usuarios de telefonía móvil, en especial, las obligaciones de información previa activación y uso de este servicio.

Que atendiendo a las distintas quejas allegadas por los usuarios en relación con la prestación del servicio de Roaming Internacional, y como resultado de un trabajo conjunto por parte de la CRC con la Superintendencia de Industria y Comercio, se evidenció la necesidad de reforzar las medidas dispuestas en el citado artículo 37, con el fin de fortalecer y generar claridad en relación con los deberes de información respecto del servicio de Roaming Internacional en cabeza de los proveedores de servicios de comunicaciones móviles para el adecuado ejercicio de los derechos por parte de los...

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