El Juzgado Cuarto de Familia de Cali, Valle, hace saber que se declaró la interdicción de Álvaro Reina Pino. - 12 de Octubre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 223459883

El Juzgado Cuarto de Familia de Cali, Valle, hace saber que se declaró la interdicción de Álvaro Reina Pino.

EmisorVarios
Número de Boletín47860

Cali, Valle, HACE SABER:

Que en el proceso de interdiccion, adelantado por el señor Alfonso Reina Velez, se dicto la Sentencia numero 2006-008 de fecha enero 20 de 2006, que en su parte resolutiva dice: Primero. Declarase la interdiccion de Alvaro Reina Pino, registrado en la Notaria Decima bajo el indicativo Serial numero 13932165, en razon de padecer trauma craneoencefalico severo y otros traumatismos corporales, hijo de Alfonso Reina Velez y Lucy Pino Vega.

Segundo. Declarar como consecuencia del punto anterior que Alvaro Reina Pino, no tiene la libre administracion de sus bienes.

Tercero. Designar a Alfonso Reina Velez, con cedula de ciudadania numero 14445790 como curador general y en forma indefinida, quedando como su representante legal.

Haga sus solicitudes via e-mail prof_mventas@imprenta.gov.co 8 Martes, 12 de octubre de 2010 Cuarto. Designar como curador suplente del interdicto a Alfonso Reina Pino, quien se identifica con la cedula de ciudadania numero 14621204 de Cali.

Quinto. Debe el curador presentar inventario solemne de los bienes del interdicto dentro de los noventa dias subsiguientes al discernimiento del cago.

Sexto. Se exonera al curador de prestar caucion.

Septimo. Ordenar la inscripcion de la sentencia en el folio de registro civil de nacimiento del señor Alvaro Reina Pino.

Octavo. Notifiquese al publico mediante aviso en el que se insertara la correspondiente parte resolutiva de esta sentencia y de la segunda instancia Publicacion que debera realizarse una vez por lo menos en el Diario Oficial de la Nacion y en diario El Tiempo que se edita en la capital de la Republica, de conformidad con el articulo 659 del C.P.C. num. 7.

Noveno. Consultese con el superior la presente decision.

Copiese y notifiquese.

La Juez (Fdo.), Maria Cecilia Gonzalez Holguin.

En tanto que el fallador de segunda instancia confirmo la sentencia en los puntos 1° y 8° Revoca los puntos 2° a 6°. Declarase en lugar de los puntos revocados la prorroga indefinida de la potestad parental que Lucy Pino Vega y Alfonso Reina Velez ejercen sobre el interdicto Alvaro Reina Pino.

Modificase el numeral 7 de la sentencia consultada, en el sentido de disponer que la inscripcion del fallo consultado debe hacerse en el folio de registro civil de nacimiento del interdicto. Asi como tambien en el Libro de Varios de la Registraduria Municipal del Estado Civil de esta ciudad, acorde con lo establecido en el articulo 77 de la Ley 962 de 2005, es la modalidad con la...

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