Decreto 148 de 2000, por el cual se autoriza a una funcionaria de la Dirección Nacional de Estupefacientes para aceptar una invitación - 17 de Febrero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43132527

Decreto 148 de 2000, por el cual se autoriza a una funcionaria de la Dirección Nacional de Estupefacientes para aceptar una invitación

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín43897

DIARIO OFICIAL 43.897 DECRETO 148 07/02/2000 por el cual se autoriza a una funcionaria de la Dirección Nacional de Estupefacientes para aceptar una invitación. El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia, y CONSIDERANDO: Que en virtud del memorando de entendimiento suscrito entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de Canadá sobre cooperación para combatir el problema mundial de la droga se llevará a cabo la visita de seis expertos colombianos a Canadá del 9 al 23 de febrero del 2000, más un día de ida y otro de regreso, con el objeto de recibir capacitación sobre estrategias en materia de reducción de la demanda de drogas; Que se estima necesaria la participación al citado evento internacional de la doctora Luz María Dolores Salazar Vieira, Profesional Especializada Código 3010 Grado 21 de la Subdirección de Estratégica y de Investigaciones, de la Dirección Nacional de Estupefacientes, quien desempeña labores de Investigación y conoce a fondo los planes y programas de prevención del país; Que los gastos de transporte al interior del país, alojamiento y alimentación, serán cubiertos por el Gobierno de Canadá y la Embajada de los Estados Unidos y los gastos de transporte aéreo por el Acuerdo de Cooperación para la Prevención y el Control del Problema de las Drogas suscrito entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América para el Proyecto Dirección Nacional de Estupefacientes, D.N.E.; Que de conformidad con el artículo 129 de la Constitución Política, los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni...

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