Decreto 2001 de 2005, por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 15 del Decreto 359 de 1995. - 16 de Junio de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43223080

Decreto 2001 de 2005, por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 15 del Decreto 359 de 1995.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín45941

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 189, numeral 11 de la Constitución Política de Colombia y el 56 de la Ley 179 de 1994,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónese el siguiente parágrafo al artículo 15 del Decreto 359 de 1995:

Parágrafo. Los recursos destinados a gastos reservados no estarán sujetos al límite establecido en el inciso 1º del presente artículo.

Artículo 2° El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de junio de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

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