Decreto número 4965 de 2007, por el cual se fija el salario mínimo legal. - 27 de Diciembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51706459

Decreto número 4965 de 2007, por el cual se fija el salario mínimo legal.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín46854

El Presidente de la Republica de Colombia, en uso de las atribuciones que le confiere el inciso 2° del Paragrafo del articulo 8° de la Ley 278 de 1996, CONSIDERANDO:

Que el articulo 1° de la Constitucion Politica de Colombia consagra el trabajo como uno de los principios fundamentales del Estado Social de Derecho;

Que el articulo 25 de la Constitucion Politica de Colombia establece que: "El trabajo es un derecho y una obligacion social y goza, en todas sus modalidades de la proteccion especial del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas";

Que el articulo 53 de la Constitucion Politica de Colombia consagra "la remuneracion minima, vital y movil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo" como uno de los principios minimos fundamentales de la ley laboral colombiana;

Que el literal d) del articulo 2° de la Ley 278 de 1996, establece que la Comision Permanente de Concertacion de Politicas Salariales y Laborales a que se refiere el articulo 56 de la Constitucion Politica, tiene la funcion de: "fijar de manera concertada el salario minimo de caracter general, teniendo en cuenta que se debe garantizar una calidad de vida digna para el trabajador y su familia";

Que el inciso 2° del paragrafo del articulo 8° de la referida Ley expresa que "cuando definitivamente no se logre el consenso en la fijacion del salario minimo, para el año inde mediatamente siguiente, a mas tardar el treinta (30) de diciembre de cada año, el Gobierno lo determinara teniendo en cuenta como parametros la meta de inflacion del siguiente año fijada por la Junta del Banco de la Republica y la productividad acordada por el Comite Tripartito de Productividad que coordina el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;

adede mas, la contribucion de los salarios al ingreso nacional, el incremento del Producto Interno Bruto (PIB) y el indice de Precios al Consumidor (IPC)";

Que segun consta en actas del 4, 10, 12, 13 y 14 de diciembre de 2007, la Comision Permanente de Concertacion de Politicas Salariales y Laborales despues de amplias deliberaciones...

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