Decreto número 0921 de 2012, por el cual se Modifica el Decreto 511 de 2012 - 3 de Mayo de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 368227886

Decreto número 0921 de 2012, por el cual se Modifica el Decreto 511 de 2012

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín48419
11
Edición 48.419
Jueves, 3 de mayo de 2012 D I A R I O O F I C I A L
DESTINACIÓN RECURSOS A
DISTRIBUIR
BOLSA DE AHORRO PROGRAMADO CONTRACTUAL CON EVA-
LUACIÓN CREDITICIA FAVORABLE, LEASING HABITACIONAL Y
ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA
$50.000.000.000
GASTOS DE GESTIÓN $10.500.000.000
TOTAL RECURSOS DISPONIBLES $105.000.000.000
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 2012.
La Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio,
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(C. F.).
Fondo Nacional de Vivienda
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 0277 DE 2012
(abril 25)
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La Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Director Ejecutivo del Fondo Nacional
de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las con-
feridas por el artículo 112 de la Ley 6ª de 1992, reglamentado por el Decreto número 2174
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política en su artículo 209 establece que la función administrativa
está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios
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la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones;
Que el artículo 112 de la Ley 6ª de 1992, reglamentado por el Decreto número 2174
de 1992 otorga la facultad de cobro coactivo a las entidades públicas del orden nacional,
entre ellas a los Ministerios;
Que el artículo 5° de la Ley 1066 de 2006, le otorga jurisdicción coactiva a las entida-
des públicas que de manera permanente tengan a su cargo el ejercicio de las actividades
y funciones administrativas o la prestación de servicios del Estado, para recaudar rentas o
caudales públicos;
Que el numeral 11 del artículo del Decreto número 3571 de 2011, señala como fun-
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a lograr el cobro efectivo de los valores que se adeudan al Ministerio y a Fonvivienda por
todo concepto, desarrollando las labores de cobro persuasivo y adelantando los procesos
ejecutivos por jurisdicción coactiva;
Que la Resolución número 0057 del 4 de noviembre de 2011, adopta el Reglamento
Interno de Recaudo de Cartera del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y del Fondo
Nacional de Vivienda;
Que los artículos 5° y 31 de la Resolución número 0057 del 4 de noviembre de 2011,
designan el funcionario competente para llevar a cabo las funciones de cobro persuasivo
y coactivo de los procesos de jurisdicción coactiva; y lo facultan para otorgar facilidades
de pago;
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Jurídica de conformidad con lo previsto en el numeral 11 del artículo del Decreto número
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
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de 2011, el cual quedará así:
Artículo 5°. 
de este Ministerio como funcionario competente para llevar a cabo las funciones de cobro
persuasivo y coactivo de los procesos administrativos de cobro por jurisdicción coactiva,
y el otorgamiento de las facilidades de pago previstas en esta resolución”.
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de 2011 el cual quedará así:
Artículo 31. . El funcionario competente para otorgar las facilidades
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presente resolución”.
Artículo 3°. . La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario
y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 25 de abril de 2012.
La Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio,

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda,

(C. F.).
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 0921 DE 2012
(mayo 3)
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El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales
señaladas en la Ley 4a de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 4131 de 2011, se cambió la Naturaleza Jurídica del Instituto
Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas de establecimiento público a Instituto

y patrimonio independiente, a Servicio Geológico Colombiano, adscrito al Ministerio de
Minas y Energía, el cual hará parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Inno-
vación (SNCTI).
Que las funciones relacionadas con minería que cumplía el Servicio Geológico Colom-
biano las va a cumplir la Agencia Nacional de Minería ANM, creada mediante el Decreto-ley
4134 de 2011, la cual se rige por una nomenclatura y escala salarial diferente a la que rige
para el Servicio Geológico Colombiano.
Que para efectos de la incorporación directa de los servidores del Instituto Colombiano
de Geología y Minería, Ingeominas en los cargos creados en la planta de personal de la
Agencia Nacional de Minería, ANM, se hace necesario establecer las equivalencias, entre
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las Agencias.
DECRETA:
Artículo 1°. Modifíquese el artículo 1° del Decreto 511 de 2012 adicionándose la si-
guiente equivalencia, así:
Situación Anterior Situación Nueva
Sistema General de Nomenclatura Empleos Agencias

DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO
Profesional Universitario 2044 03 Analista T2 02
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona
en lo pertinente al Decreto 511 de 2012.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de mayo de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

(mayo 3)

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales
señaladas en la Ley 4a de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 4131 de 2011, se cambió la Naturaleza Jurídica del Instituto
Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas de establecimiento público a Instituto

y patrimonio independiente, a Servicio Geológico Colombiano, adscrito al Ministerio de
Minas y Energía, el cual hará parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Inno-
vación (SNCTI).
Que las funciones relacionadas con minería que cumplía el Servicio Geológico Colom-
biano las va a cumplir la Agencia Nacional de Minería ANM, creada mediante el Decreto-ley
4134 de 2011, la cual se rige por una nomenclatura y escala salarial diferente a la que rige
pará el Servicio Geológico Colombiano.

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