Decreto número 1118 de 2014, por el cual se modifican los Decretos números 3517 de 2009 y 1832 de 2012 y se dictan otras disposiciones - 17 de Junio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 515752770

Decreto número 1118 de 2014, por el cual se modifican los Decretos números 3517 de 2009 y 1832 de 2012 y se dictan otras disposiciones

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Nacional de Planeación
Número de Boletín49185

El Presidente de la República de Colombia, en ej ercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y, en concordancia con lo señalado en el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Acto Legislativo 05 de 2011 y la Ley 1530 de 2012, el Departamento Nacional de Planeación (DNP), asumió el ejercicio de funciones relacionadas con la coordinación de la ejecución del Sistema General de Regalías y la Administración del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación, con el fin de velar por el uso eficiente y eficaz de los recursos del Sistema General de Regalías, fortaleciendo la transparencia, la participación ciudadana y el Buen Gobierno.

Que a partir de las nuevas funciones y competencias a cargo del Departamento Nacional de Planeación, es necesario precisar en las distintas dependencias de esa Entidad, las funciones relacionadas con el cálculo y la distribución de los recursos del Sistema General de Regalías, así como la distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones, con el objeto de alcanzar el mayor grado de eficiencia en el cumplimento de estas funciones, por lo que se hace necesario modificar los Decretos números 3517 de 2009 y 1832 de 2012, lo cual cuenta con concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

CAPÍTULO I Artículo 1

Denominación de la Dirección de Regalías

Artículo 1º Denominación de la Dirección de Regalías y sus Subdirecciones.

Modifí-canse las denominaciones de la Dirección de Regalías y las subdirecciones que dependen de esta, establecidas en el numeral 2.4 del artículo 3º del Decreto número 1832 de 2012, las cuales quedarán así:

2.4. Dirección de Vigilancia de las Regalías.

2.4.1. Subdirección de Proyectos.

2.4.2. Subdirección de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación.

2.4.3. Subdirección de Control.

CAPÍTULO II Artículos 2 a 13

Modificación de Funciones

Artículo 2º Modifícase el artículo 10 del Decreto número 3517 de 2009, el cual quedará así:

"Artículo 10. Dirección de Vigilancia de las Regalías. Son funciones de la Dirección de Vigilancia de las Regalías, las siguientes:

  1. Apoyar el desarrollo de las actividades que le corresponde adelantar al Departamento Nacional de Planeación como órgano del Sistema General de Regalías.

  2. Proponer a la Subdirección Territorial y de Inversión Pública para su presentación a la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, la metodología de evaluación, y seguimiento de los proyectos a financiarse con los fondos de desarrollo y compensación regional.

  3. Administrar y coordinar la ejecución del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías, en los términos establecidos en la Ley 1530 de 2012 y demás normas que la reglamenten, adicionen, sustituyan o modifiquen.

  4. Liderar la elaboración, consolidación, presentación y divulgación de los informes que el Departamento Nacional de Planeación debe rendir al Congreso de la República sobre los resultados de las labores de monitoreo, seguimiento, control y evaluación del Sistema General de Regalías.

  5. Dirigir las actividades de verificación de los requisitos establecidos por la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, para la aprobación de los proyectos de inversión que sean presentados a los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, susceptibles de ser financiados con los recursos del Fondo de Desarrollo Regional y con el 60% de los recursos del Fondo de Compensación Regional, en los términos señalados en la ley.

  6. Definir los lineamientos para unificar la información y los demás mecanismos que deban ser aplicados en las etapas de la recolección, consolidación, análisis y verificación de la información correspondiente a la administración de los recursos del Sistema General de Regalías y su ejecución.

  7. Impartir lineamientos en materia de recolección, consolidación, análisis y verificación de información del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías.

  8. Impartir los lineamientos para establecer las metodologías y procedimientos que se requieran para proveer la información a la Contraloría General de la República.

  9. Establecer los términos y plazos para el envío y registro de información por parte de los órganos y actores del Sistema General de Regalías, de conformidad con lo señalado en la Ley 1530 de 2012 y las demás normas que la modifiquen, reglamenten o desarrollen.

  10. Establecer los lineamientos para elaborar las metodologías diferenciadas para el monitoreo aplicable a los órganos y actores del Sistema General de Regalías.

  11. Dirigir y coordinar las acciones relacionadas con la verificación periódica y selectiva en forma directa de la ejecución y resultados de las inversiones financiadas con recursos del Sistema General de Regalías, en términos de eficacia, eficiencia, calidad e impacto de las mismas.

  12. Dirigir y coordinar las acciones relacionadas con la valoración periódica y selectiva de la gestión y de los resultados obtenidos en la ejecución de las inversiones financiadas con recursos del Sistema General de Regalías, en términos de eficacia, eficiencia, calidad e impacto de las mismas, con apoyo de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas (DSEPP).

  13. Impartir lineamientos para propiciar espacios de participación ciudadana para el control social a los recursos del Sistema General de Regalías.

  14. Establecer lineamientos para la adopción de medidas preventivas, correctivas y sancionatorias, que garanticen el cumplimiento de los requisitos legales por los beneficiarios y ejecutores de los recursos del Sistema General de Regalías.

  15. Resolver los recursos de apelación y queja interpuestos en contra de los actos que imponen medidas de control y de suspensión cautelar de giros.

  16. Liderar el desarrollo de acciones preventivas para el manejo y administración de recursos del Sistema General de Regalías.

  17. Orientar el diseño de instrumentos tendientes a implementar un esquema de incentivos para promover el buen gobierno en la ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías.

  18. Coordinar las estrategias de capacitación y asistencia técnica relacionadas con el Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías.

  19. Impartir lineamientos para la administración de los Sistemas de Información del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías, y brindar la capacitación a los usuarios del mismo.

  20. Establecer en coordinación con las dependencias competentes del Departamento, los criterios y herramientas tecnológicas necesarias para el cumplimiento de las funciones y procesos relacionados con el ejercicio de las labores del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías.

  21. Participar en el diseño e implementación de la estrategia de comunicaciones y divulgación de información del Sistema General de Regalías, del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías y de los demás temas de competencia de la Dirección.

  22. Absolver los derechos de petición y requerimientos relacionados con el Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías, el Fondo Nacional de Regalías, En liquidación, y el cierre de labores de control y vigilancia.

  23. Apoyar la formulación del Plan Nacional de Desarrollo y de los documentos Con-pes, en lo relacionado con el Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías.

  24. Apoyar a la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas en la definición, construcción, ajuste y actualización permanente de los indicadores de seguimiento del Plan Nacional de Desarrollo y en el proceso de priorización, diseño y ejecución de las evaluaciones de políticas, planes, programas y proyectos, en los temas de competencia de la Dirección.

  25. Preparar con el apoyo de la Oficina Asesora Jurídica, los proyectos de normas y actos administrativos de carácter general que guarden relación con la organización y funcionamiento del Sistema General de Regalías y el Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación y expedir circulares externas relacionadas con temas de su competencia.

  26. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

    Parágrafo transitorio. La Dirección de Vigilancia de las Regalías cumplirá temporalmente las siguientes funciones:

  27. Dirigir, supervisar y coordinar las funciones asignadas en materia de control y vigilancia a los recursos de regalías y compensaciones previstas en las normas vigentes a 31 de diciembre de 2011, exclusivamente con relación a las asignaciones realizadas con recursos del Fondo Nacional de Regalías o en depósito en el mismo, del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera (Ley 781 de 2002), y con las regalías y compensaciones causadas en favor de los beneficiarios a la misma fecha, hasta el cierre de esta labor.

  28. Ejercer la función de liquidación del Fondo Nacional de Regalías y las demás asignadas a la Dirección de Regalías en el Decreto número 4972 de 2011 y en las demás normas que lo modifiquen, sustituyan y deroguen, y ejercer la facultad otorgada al Departamento Nacional de Planeación en el artículo 149 de la Ley 1530 de 2012.

  29. Orientar las actividades de carácter técnico, los procedimientos de seguimiento, giro, ajuste, cierre y proferir los respectivos actos administrativos de los proyectos de inversión en el marco de la liquidación del Fondo Nacional de Regalías.

  30. Proferir las resoluciones que declaran probada una irregularidad en el uso de los recursos de regalías y compensaciones, así como de asignaciones efectuadas con recursos del Fondo Nacional de Regalías, en depósito...

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