Decreto 2260 de 2000, por el cual se confiere una autorización para aceptar una invitación. - 16 de Noviembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43144232

Decreto 2260 de 2000, por el cual se confiere una autorización para aceptar una invitación.

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico
Número de Boletín44229

DIARIO OFICIAL 44.229 DECRETO 2260 04/11/2000 por el cual se confiere una autorización para aceptar una invitación. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 129 y 189 ordinal 18 de la Constitución Política, los Decretos 1050 y 2004 de 1997, CONSIDERANDO: Que la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, OMPI, ha invitado a la doctora Teresita Morales Márquez, Profesional Universitario Código 3020, Grado 12 del Despacho del Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio, para asistir al evento denominado "Administrative Issues in the Patent and Trademark Procedure", que se realizará en las ciudades de Ginebra (Suiza) los días 6 y 7 de noviembre y la Haya (Holanda) del 8 al 17 de noviembre de 2000; Que organismos internacionales como la OMPI, han venido colaborando activamente en los procesos de modernización de las oficinas de Propiedad Industrial y de capacitación de sus funcionarios, con el fin de unificar criterios y alcanzar mayor eficiencia en los procedimientos por ellas desarrollados, por lo tanto consideramos importante la asistencia y participación de la doctora Teresita Morales Márquez, a dicho evento; Que los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos serán cubiertos por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI); Que de acuerdo con lo estipulado por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Nacional, es facultad del Gobierno conceder permiso a los empleados públicos nacionales, para aceptar con carácter temporal mercedes de Gobiernos Extranjeros u Organismos Internacionales, DECRETA: Artículo l°. Confiérese...

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