Decreto 248 de 2004, por el cual se modifica el Decreto 1426 de 1998 y el Decreto 3539 de 2003. - 29 de Enero de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43203644

Decreto 248 de 2004, por el cual se modifica el Decreto 1426 de 1998 y el Decreto 3539 de 2003.

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín45445

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1° Suprímense de la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 3° del Decreto 1426 de 1998, l as siguientes denominaciones:

Denominación del Empleo Grado

Nivel Directivo

Subdirector 03

02

01

Nivel Ejecutivo

Jefe de Centro 05

04

03

02

01

Denominación del Empleo Grado

Jefe de División 05

04

03

02

01

Artículo 2° Adiciónase la nomenclatura de empleos de que trata el Decreto 1426 de 1998, así:

Denominación del Empleo Grado

Nivel Directivo

Director Regional 03

02

01

Subdirector de Centro 03

02

01

Nivel Asesor

Asesor 11

Nivel Profesional

Profesional 20

19

18

17

16

15

14

13

12

11

Artículo 3° Adicionar al artículo 2° del Decreto 3539 de 2003, las siguientes escalas de asignación básica mensual para las denominaciones de empleos del SENA:

Grado Asesor Profesional

11 2.733.095 2.107.653

12 2.224.231

13 2.307.440

14 2.438.682

Grado Asesor Profesional

15 2.501.075

16 2.549.522

17 2.674.312

18 2.740.881

19 2.901.475

20 2.975.415

Artículo 4° Reconocimiento por coordinación

Los empleados públic os del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en donde no exista el empleo de Jefe de División, que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo, creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal.

Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles Directivo, Asesor o Ejecutivo.

Artículo 5° El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 1426 ...

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