Decreto 254 de 1993, POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NUMERO 025 DE OCTUBRE 9 DE 1992 DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL QUINDIO, CRQ, Y SE DETERMINAN LAS FUNCIONES DE SUS DEPENDENCIAS. - 4 de Febrero de 1993 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354236450

Decreto 254 de 1993, POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NUMERO 025 DE OCTUBRE 9 DE 1992 DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL QUINDIO, CRQ, Y SE DETERMINAN LAS FUNCIONES DE SUS DEPENDENCIAS.

Número de Boletín40711

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA:

ARTICULO 1o Apruébase el Acuerdo Número 025 de octubre 9 de 1992 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Quindío, CRQ, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 025 DE 1992

Por el cual se establece la estructura orgánica de la Corporación Autónoma Regional del Quindío, CRQ, y se determinan las funciones de sus dependencias

LA JUNTA DIRECTIVA

DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL QUINDIO

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y en especial de las que le confieren la Ley 66 de 1964 y los Decretos 1083 de 1976 y 2407 de 1987,

ACUERDA:

  1. ESTRUCTURA ORGANICA

ARTICULO 1o La estructura orgánica de la Corporación Autónoma Regional del Quindío, CRQ, será la siguiente:
  1. Junta Directiva

  2. Dirección General

  3. Oficina de Planeación

  4. Oficina Jurídica

  5. Secretaría General

  6. Subdirección Técnica y de Recursos Naturales

    6.1 División de Suelos y Bosques

    6.2 División de Aguas

    6.3 División de Desarrollo Comunitario

  7. Subdirección Administrativa y Financiera

    7.1 División Administrativa

    7.2 División Financiera

  8. Organos de Asesoría y Coordinación

    8.1 Comité de Dirección

    8.2 Junta de Licitaciones y Adquisiciones

    8.3 Comisión de Personal

    1. FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS

    JUNTA DIRECTIVA Y DIRECCION GENERAL

ARTICULO 2o La Junta Directiva y la Dirección General cumplirán las funciones asignadas en la Ley 66 de 1964, el Decreto 2407 de 1987 y demás disposiciones legales vigentes.

OFICINA DE PLANEACION

ARTICULO 3o Son funciones de la Oficina de Planeación las siguientes:
  1. Asesorar a la Dirección General en la formulación de las políticas y métodos, a fin de lograr el mejor cumplimiento de las funciones encomendadas a la Corporación y el uso óptimo de los recursos disponibles.

  2. Elaborar, en coordinación con la Subdirección Técnica y de Recursos Naturales, los planes y programas que deben ser desarrollados por la Corporación y proponerlos a la Dirección General, en especial lo relacionado con la administración manejo de los Recursos Naturales Renovables, en los términos señalados en la Ley 66 de 1964.

  3. Elaborar, en coordinación con la Subdirección Administrativa y Financiera, el proyecto anual de presupuesto y someterlo a su aprobación.

  4. Efectuar las evaluaciones de carácter técnico, social, económico y financiero, de los proyectos que adelante la Corporación.

  5. Promover y coordinar la elaboración de estudios que permitan a la Corporación la fijación de políticas, metas y estrategias generales de la Corporación en materia de servicios, de conservación de los Recursos Naturales y de desarrollo regional.

  6. Diseñar y coordinar los planes de desarrollo de la Corporación entre las diferentes dependencias, para ser sometidos a consideración de la Dirección General y la Junta Directiva.

  7. Elaborar estudios sobre el impacto socio-económico que generen los proyectos de la Corporación.

  8. Evaluar periódicamente los programas de la Corporación, para verificar el cumplimiento de los objetivos de la Entidad.

  9. Asesorar a las distintas dependencias de la Corporación en los procedimientos y métodos de planificación, programación, elaboración y evaluación de proyectos de desarrollo e inversión.

  10. Asesorar a la Dirección General en los procedimientos y trámites que debe seguir la Corporación para la obtención de cooperación técnica con entidades nacionales e internacionales.

  11. Diseñar y establecer metodologías para la formulación de planes de ordenamiento y desarrollo de cuencas Hidrográficas.

  12. Elaborar estudios sobre organización, métodos e informática que requiera la Corporación, con miras a racionalizar la utilización de los sistemas de información y los recursos disponibles.

  13. Diseñar y actualizar los manuales de organización, métodos e informática requeridos por las diferentes dependencias y asesorarlas en su correcta aplicación y utilización.

  14. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

OFICINA JURIDICA

ARTICULO 4o Son funciones de la Oficina Jurídica, las siguientes:
  1. Velar porque los actos administrativos y las actividades de la Corporación, se ajusten a las normas legales vigentes.

  2. Emitir conceptos sobre los asuntos jurídicos relacionados con las funciones de la Corporación y los demás consultados por las diferentes dependencias de la entidad.

  3. Elaborar o revisar los proyectos normativos, actas, resoluciones, actos, contratos y convenios de la Corporación.

  4. Tramitar y contestar exhortaciones, oficios y demás solicitudes que hagan las autoridades jurisdiccionales, policivas, del Ministerio Público y de la administración pública, lo mismo que los presentados por los particulares y otros organismos del Estado.

  5. En virtud de mandato otorgado por el Director General representar a través de sus Abogados, judicial y extrajudicialmente a la Corporación.

  6. Compilar y estudiar la legislación, la Jurisprudencia y Doctrina, relativas a las actividades de la Corporación y proponer en su caso, las medidas legales pertinentes.

  7. Adelantar y atender el trámite de todos las solicitudes y expedientes relativos a permisos, licencias, reglamentaciones, concesiones, autorizaciones e infracciones, que de acuerdo a las leyes vigentes sean de competencia de la Corporación.

  8. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

SECRETARIA GENERAL

ARTICULO 5o Son funciones de la Secretaría General las siguientes:
  1. Asistir a la Dirección General en los asuntos relacionados con la administración General de la Corporación.

  2. Refrendar los actos administrativos de la Dirección General y de la Junta Directiva.

  3. Atender los servicios de Secretaría de la Junta Directiva.

  4. Ejercer las funciones que la Dirección General le delegue conforme a las disposiciones legales y estatutarias.

  5. Llevar la representación de la Dirección General, cuando ésta lo determine, en actos o asuntos de carácter administrativo.

  6. Expedir las...

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