Decreto 2576 de 2005, por el cual se corrige un yerro en el título del Acto Legislativo número 01 de 2005, "por el cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución Política". - 29 de Julio de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43225037

Decreto 2576 de 2005, por el cual se corrige un yerro en el título del Acto Legislativo número 01 de 2005, "por el cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución Política".

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín45984

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el artículo 189, numeral 10 de la Constitución Política y el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, Código de Régimen Político y Municipal, señala: "Los yerros caligráficos o tipográficos en las citas o referencias de unas leyes a otras no perjudicarán, y deberán ser modificados por los respectivos funcionarios, cuando no quede duda en cuanto a la voluntad del legislador";

Que la Corte Constitucional en Sentencia C-520 de 1998, admitió la posibilidad del Presidente de la República de corregir errores caligráficos o tipográficos de las leyes, cuando estos no alteren su contenido;

Que por un error mecanográfico en el título del Acto Legislativo 01 de 2005, se incluyeron las palabras "proyecto de" y "(segunda vuelta)", debiendo corresponder al de "Acto Legislativo 01 de 2005, "por el cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución Política"" exclusivamente, por lo cual se hace necesario efectuar su corrección,

DECRETA:

Artículo 1º Corríjase el título del Acto Legislativo 01 de 2005, el cual quedará así:

"ACTO LEGISLATIVO 01 DE 2005

"por el cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución Política".

Artículo 2° Publíquese en el Diario Oficial el Acto Legislativo 01 del 2005 con la corrección que se establece en el presente decreto.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de julio de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La Viceministra General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

María Cristina Gloria Inés Cortés Arango.

El Ministro de la Protección Social,

Diego Palacio Betancourt.

ACTO LEGISLATIVO 01 DE 2005

(julio 22)

por el cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución Política.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Se adicionan los siguientes incisos y parágrafos al artículo 48 de la Constitución Política:

"El Estado garantizará los derechos, la sostenibilidad financiera del Sistema Pensional, respetará los derechos adquiridos con arreglo a la ley y asumirá el pago de la deuda...

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