Decreto 3134 de 2006 - 12 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43241568

Decreto 3134 de 2006

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín46389

La Directora General de Crédito Público y del Tesoro Nacional (A), en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren el artículo 27 del Decreto 2681 de 1993, Resolución 2650 de 12 noviembre de 1996 y la R esolución 3122 del 7 de septiembre de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, BIRF, celebraron el 10 de diciembre de 1999, un Contrato de Préstamo Externo número BIRF 4507-CO con garantía de la Nación por un US$85.000.000;

Que el día 26 de julio de 2006, el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, BIRF, suscribieron una modificación al contrato mencionado en el considerando anterior, el cual en adelante es referenciado como BIRF 7404-CO (antes BIRF 4507-CO);

Que mediante oficios del 5 de julio de 2006 y del 4 de septiembre de 2006, la Alcaldía de Cartagena de Indias solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar una operación de manejo de deuda consistente en la conversión de moneda de dólar - peso del Crédito BIRF 7404-CO (antes 4507CO) celebrado el 10 de diciembre de 1999 entre el Distrito Turístico de Cartagena de Indias y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, BIRF, el cual cuenta con la garantía de la Nación;

Que el artículo 5° del Decreto 2681 de 1993 estipula que constituyen operaciones de manejo de la deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyen a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones, en tanto no constituyen un nuevo financiamiento, no afectan el cupo de endeudamiento. Dentro de las anteriores operaciones se encuentran comprendidas, entre otras, la refinanciación, reestructuración, renegociación, reordenamiento, conversión o intercambio, sustitución, compra y venta de deuda pública, los acuerdos de pago, el saneamiento de obligaciones crediticias, las operaciones de cobertura de riesgos, la titularización de deudas de terceros, las relativas al manejo de la liquidez de la Dirección del Tesoro Nacional y todas aquellas operaciones de similar naturaleza que en el futuro se desarrollen;

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 27 del Decreto 2681 de 1993, la celebración de operaciones para el manejo de la...

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