Decreto 3202 de 2002, por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 617 de 2000. - 30 de Diciembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43187538

Decreto 3202 de 2002, por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 617 de 2000.

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín45049

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República expidió la Ley 617 de 2000, por la cual se reformó parcialmente la Ley 136 de 1994, el Decreto Extraordinario 1222 de 1986, se adicionó la Ley Orgánica de Presupuesto, el Decreto 1421 de 1993, se dictaron otras normas tendientes a fortalecer la descentralización y la racionalización del gasto público nacional;

Que el artículo 1° de la citada ley dispuso lo relativo a la categorización presupuestal de los departamentos, señalando que esta obligación corresponde anualmente a los gobernadores mediante decreto expedido antes del treinta y uno (31) de octubre de cada año;

Que igualmente el artículo 2° de la citada ley estableció lo referente a la categorización de los distritos y municipios, señalando que dicho deber corresponde anualmente a los alcaldes mediante decreto expedido antes del treinta y uno (31) de octubre de cada año;

Que los citados artículos prevén en sus parágrafos 4° y 5°, que si el respectivo gobernador o alcalde no expide la certificación sobre categorización en el término señalado, dicha certificación será expedida por el Contador General de la Nación en el mes de noviembre;

Que se hace necesario reglamentar el procedimiento por seguir en el evento que el Contador General de la Nación expida la certificación de categorización a los departamentos, distritos y municipios,

DECRETA:

Artículo 1°

Para efectos de la categorización que corresponde a los departamentos, distritos y municipios y en el evento que los respectivos gobernadores y alcaldes no expidan el decreto señalado antes del 31 de octubre de cada año, conforme lo dispone la Ley 617 de 2000, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, y la Contraloría General de la República remitirán a la Contaduría...

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