Decreto 3232 de 2002, por el cual se fija el salario mínimo legal. - 27 de Diciembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43187304

Decreto 3232 de 2002, por el cual se fija el salario mínimo legal.

EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Número de Boletín45046

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las atribuciones que le confiere el parágrafo del artículo 8º de la Ley 278 de 1996,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la Constitución Política de Colombia consagra el trabajo como uno de los principios fundamentales del Estado Social de Derecho Colombiano;

Que el artículo 25 de la Constitución Política de Colombia establece que ¿El trabajo es un derecho y una obligación social y goza en todas sus modalidades de la protección especial del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas¿;

Que el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia consagra la ¿remuneración mínima, vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo¿ como uno de los principios mínimos fundamentales de la ley laboral colombiana;

Que el literal d) del artículo 2º de la Ley 278 de 1996, establece que la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Laborales y Salariales a que se refiere el artículo 56 de la Constitución Política, tiene la función de: ¿fijar de manera concertada el salario mínimo de carácter general, teniendo en cuenta que se debe garantizar una calidad de vida digna para el trabajador y su familia¿;

Que el parágrafo del artículo 8º de la referida Ley expresa que ¿Cuando definitivamente no se logre consenso en la fijación del salario mínimo, para el año inmediatamente siguiente, a más tardar el treinta (30) de diciembre de cada año, el Gobierno lo determinará teniendo en cuenta como parámetros la meta de inflación del siguiente año fijada por la Junta del Banco de la República y la productividad acordada por el Comité Tripartito de Productividad que coordina el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; además la contribución de los salarios al ingreso nacional, el incremento del producto interno bruto (PIB) y el Indice de Precios al Consumidor (IPC)¿;

Que según consta en actas del 23 y el 26 de diciembre del año en curso, la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Laborales y Salariales después de amplias deliberaciones sobre el particular no logró un consenso para la fijación del...

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