Decreto 262 de 2004, por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, y se dictan otras disposiciones.
Emisor | Departamentos Administrativos - Departamento Administrativo Nacional de Estadística |
Número de Boletín | 45446 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
OBJETIVOS, FUNCIONES GENERALES, DIRECCIÓN E INTEGRACIÓN DEL SECTOR.
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, tiene como objetivos garantizar la producción, disponibilidad y calidad de la información estadística estratégica, y dirigir, planear, ejecutar, coordinar, regular y evaluar la producción y difusión de información oficial básica.
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, tendrá, además de las funciones que establece el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, las siguientes:
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Relativas a la producción de estadísticas estratégicas
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Diseñar, planificar, dirigir y ejecutar las operaciones estadísticas que requiera el país para la planeación y toma de decisiones por parte del Gobierno Nacional y de los entes territoriales;
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Realizar, directamente o a través de terceros, las actividades de diseño, recolección, procesamiento y publicación de los resultados de las operaciones estadísticas;
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Definir y producir la información estadística estratégica que deba generarse a nivel nacional, sectorial y territorial, para apoyar la planeación y toma de decisiones por parte de las entidades estatales;
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Producir la información estadística estratégica y desarrollar o aprobar las metodologías para su elaboración;
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Velar por la veracidad, imparcialidad y oportunidad de la información estadística estratégica;
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Dictar las normas técnicas relativas al diseño, producción, procesamiento, análisis, uso y divulgación de la información estadística estratégica;
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Elaborar el Plan Estadístico Nacional y someterlo a la aprobación del Conpes, por intermedio del Departamento Nacional de Planeación, y promover su divulgación;
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Coordinar y asesorar la ejecución del Plan Estadístico Nacional y de los planes estadísticos sectoriales y territoriales, hacer su seguimiento, evaluación y divulgación;
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Certificar la información estadística, siempre que se refiera a resultados generados, validados y aprobados por el Departamento;
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Diseñar y desarrollar el Sistema de Información Geoestadístico y asegurar la actualización y mantenimiento del Marco Geoestadístico Nacional Unico;
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Generar y certificar las proyecciones oficiales de población de las entidades territoriales del país;
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Solicitar y obtener de las personas naturales o jurídicas, residenciadas o domiciliadas en Colombia, y de los nacionales con domicilio o residencia en el exterior, los datos que sean requeridos para dotar de información estadística al país;
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Imponer multas como sanción a las personas naturales o jurídicas que incumplan lo dispuesto en la Ley 79 de 1993, previa investigación administrativa;
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Ordenar, administrar, adaptar y promover el uso de las clasificaciones y nomenclaturas internacionales en el país, para la producción de la información oficial básica;
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Las demás que le sean asignadas por la ley y por el reglamento.
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Relativas a la Síntesis de Cuentas Nacionales
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Elaborar las cuentas anuales, trimestrales, nacionales, regionales y satélites, para evaluar el crecimiento económico nacional, departamental y sectorial;
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Elaborar y adaptar a las condiciones y características del país, las metodologías de síntesis y cuentas nacionales, siguiendo las recomendaciones internacionales;
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Promover la divulgación y capacitación del sistema de síntesis y cuentas nacionales, tanto para productores como para usuarios de estadísticas macroeconómicas;
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Las demás que le sean asignadas por la ley y por el reglamento.
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Relativas a la producción y difusión de información oficial básica
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Dirigir, programar, ejecutar, coordinar, regular y evaluar la producción y difusión de información oficial básica;
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Establecer las estrategias, los instrumentos y los mecanismos necesarios para elaborar y coordinar el Plan Nacional de Información Oficial Básica;
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Establecer y aprobar las normas técnicas y las metodologías convenientes para la producción y divulgación de la información oficial básica del país;
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Oficializar, adoptar y adaptar las nomenclaturas y clasificaciones usadas en el país para la producción y uso de la información oficial básica, así como asesorar sobre la implementación y uso de las mismas;
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Promover la adopción y adaptación de estándares de producción de información geográfica y espacial, que garanticen la georreferenciación de la información oficial básica;
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Impulsar la implementación de sistemas de información oficial básica a nivel regional y territorial;
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Diseñar las metodologías de estratificación y los sistemas de seguimiento y evaluación de dichas metodologías, para ser utilizados por las entidades nacionales y territoriales.
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Las demás que le sean asignadas por la ley y por el reglamento.
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Relativas a la Difusión y Cultura Estadística
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Difundir los resultados de las investigaciones que haga el Departamento en cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con las normas de la reserva estadística;
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Fomentar la cultura estadística, promoviendo el desarrollo de la información estadística, su divulgación y su utilización a nivel nacional, sectorial y territorial;
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Las demás que le sean asignadas por la ley y por el reglamento.
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La dirección del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, estará a cargo del Director, quien la ejercerá con la inmediata colaboración del Subdirector.
El Sector Administrativo de Información Estadística, estará integrado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, y las entidades adscritas que se anuncian a continuación. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, tendrá a su cargo la orientación del ejercicio de sus funciones y las de las entidades que conforman el sector, así como de su participación en la formulación de la política, en la elaboración de los programas sectoriales y en la ejecución de los mismos, sin perjuicio de las potestades de decisión que le correspondan.
Entidades Adscritas: Establecimientos Públicos
- Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Fondane
- Instituto Geográfico Agustín Codazzi
ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE SUS DEPENDENCIAS.
La estructura del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, será la siguiente:
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Despacho del Director
1.1. Oficina Asesora de Planeación
1.2. Oficina Asesora Jurídica
1.3. Oficina de Sistemas
1.4. Oficina de Control Interno
1.5. Dirección de Difusión, Mercadeo y Cultura Estadística
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Despacho del Subdirector
2.1. Dirección de Metodología y Producción Estadística
2.2. Dirección de Síntesis y Cuentas Nacionales
2.3. Dirección de Censos y Demografía
2.4. Dirección de Geoestadística
2.5. Dirección de Regulación, Planeación, Estandarización y Normalización
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Secretaría General
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Direcciones Territoriales
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Organos de Asesoría y Coordinación
5.1 Comisión de Personal
5.2 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno
5.3 Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo.
La Dirección del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, estará a cargo del Director del Departamento, quien cumplirá además de las funciones previstas en la Constitución Política y la ley, las siguientes:
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Dirigir y orientar la formulación de políticas, planes, programas y proyectos para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la entidad y coordinar la gestión de los organismos adscritos.
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Dirigir las operaciones estadísticas que requiera el país para la planeación y toma de decisiones por parte del Gobierno Nacional y los entes territoriales.
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Definir la información estadística estratégica que deba generarse a nivel nacional, sectorial y territorial.
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Adoptar las políticas que orienten la integración estructural y la utilización de los marcos estadísticos utilizados en el DANE y demás entidades del país.
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Dictar las normas técnicas relativas al diseño, producción, procesamiento, análisis, uso y divulgación de la información estadística estratégica y de la información oficial básica.
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Presentar al Conpes, por intermedio del Departamento Nacional de Planeación, el Plan Nacional de Estadística, para su aprobación.
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Definir la política y planes de acción de las Direcciones Territoriales, así como organizar y establecer su sede y jurisdicción.
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Coordinar las labores de difusión estadística del Departamento que permitan incrementar la cultura estadística en el país.
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Gestionar de forma coordinada con el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional - ACCI o quien haga sus veces, alianzas estratégicas de cooperación técnica y programas de capacitación ante organismos homólogos, autoridades, organizaciones y universidades del ámbito internacional en áreas técnicas de la entidad.
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Conocer en segunda instancia los recursos que se interpongan contra las decisiones de las Direcciones Territoriales mediante la imposición de multas como sanción a las personas naturales o jurídicas que incumplan lo dispuesto en la Ley 79 de 1993.
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Conocer y fallar en segunda instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores públicos de la entidad.
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Velar por la implementación del Sistema de Control Interno del Departamento.
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Dirigir, coordinar, regular y evaluar la producción y difusión de información oficial básica.
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Definir y certificar la información oficial básica que deba generarse a nivel nacional, sectorial y territorial.
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