Decreto 3620 de 2004, por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Contratación Pública. - 9 de Noviembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352557058

Decreto 3620 de 2004, por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Contratación Pública.

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín45727

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el artículo 45 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o CREACIÓN

Crease la Comisión Intersectorial de Contratación Pública.

ARTÍCULO 2o OBJETIVOS

La Comisión Intersectorial de Contratación Pública tendrá los siguientes objetivos:

2.1 Asegurar la coherencia y la coordinación de las actividades de las entidades públicas en materia de Contratación Pública.

2.2 Proponer la adopción de políticas públicas que orienten la gestión contractual de las entidades públicas hacia la reducción de los costos en su operación y transacción.

2.3 Proponer la adopción de medidas orientadas a fortalecer los escenarios de transparencia y visibilidad de la gestión contractual pública.

2.4 Formular parámetros que orienten a las entidades hacia una adecuada gestión precontractual y contractual pública.

2.5 Formular directrices que propendan al fortalecimiento de la planeación contractual de las entidades a partir de la evaluación y monitoreo de la gestión contractual por indicadores.

2.6 Definir parámetros para la implementación del Sistema Integral de Contratación Electrónica.

ARTÍCULO 3o INTEGRACIÓN

La Comisión Intersectorial de Contratación Pública estará integrada por:

- El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su representante.

- El Director del Departamento Nacional de Planeación o su representante.

- Un representante del Presidente de la República.

PARÁGRAFO 1o. La presidencia de la Comisión Intersectorial será ejercida por el Departamento Nacional de Planeación.

Un representante del Vicepresidente de la República y el Director del Programa Agenda de Conectividad del Ministerio de Comunicaciones, serán miembros permanentes de la comisión con voz pero sin voto.

PARÁGRAFO 2o. En cuanto las decisiones de la Comisión involucren a uno o más sectores, deberán participar en calidad de invitados los ministros o directores de Departamento Administrativo correspondientes o sus representante s, así como los directores de entidades específicamente vinculadas por la decisión o asunto a tratar.

PARÁGRAFO 3o. La Comisión Intersectorial de Contratación Pública contará con una secretaría técnica para su soporte y apoyo, la cual estará a cargo del Departamento Nacional de Planeación.

ARTÍCULO 4o FU...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR