Decreto 047 de 2003, por el cual se modifica el artículo 1o del Decreto 2439 de 1994. - 14 de Enero de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352563946

Decreto 047 de 2003, por el cual se modifica el artículo 1o del Decreto 2439 de 1994.

EmisorMinisterio de Comercio Exterior
Número de Boletín45063

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y de 1991, previa recomendación del Consejo Superior de Comercio Exterior, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 170 de 1994 aprobó para Colombia el Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial de Comercio, OMC;

Que Colombia notificó ante la OMC la política de absorción de la producción nacional de bienes agropecuarios, de conformidad con el párrafo 1o del artículo 5o del Acuerdo sobre las Medidas en Materia de Inversiones relacionadas con el Comercio, (MIC);

Que el Acuerdo sobre las Medidas en Materia de Inversiones Relacionadas con el Comercio hace parte de los acuerdos multilaterales sobre el Comercio de Mercancías de la OMC;

Que el 29 de noviembre de 1999, Colombia solicitó al Consejo del Comercio de Mercancías de la OMC, documento G/C/W/169 del 1o de diciembre de 1999, la extensión del período de transición para la aplicación de la política de absorción de la producción nacional;

Que el Consejo Superior de Comercio Exterior, en su Sesión número 61 del 16 de marzo de 2001, recomendó al Gobierno Nacional sujetar la política de absorción a los resultados de la negociación, que para ese entonces, se estaba desarrollando ante la OMC;

Que de conformidad con el párrafo 1o de la Decisión del 31 de julio de 2001 del Consejo del Comercio de Mercancías de la OMC, documento G/L/461 del 7 de agosto de 2001, Colombia obtuvo una prórroga del período de transición para la eliminación de las MIC hasta el 31 de diciembre de 2001;

Que de conformidad con el párrafo 2o de la Decisión del Consejo del Comercio de Mercancías de la OMC y tal como consta en el Documento G/L/461, Colombia solicitó una prórroga adicional de dos años, contados a partir del 1o de enero de 2002 para la aplicación de la política de absorción de la producción nacional de bienes agropecuarios;

Que dicha prórroga incluye la supresión...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR