Decreto 396 de 2002, por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones.
Emisor | Ministerio del Interior |
Número de Boletín | 44732 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
como jefe de Estado, jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las que la confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 19 del Decreto número 140 del 25 de enero de 2002, establece que el Gobierno Nacional designará delegados para realizar el seguimiento del Proceso Electoral del 10 de marzo Congresistas, 26 de mayo Presidente y Vicepresidente y 16 de junio de 2002 (segunda vuelta si fuere necesario),
DECRETA:
Bogotá Clemencia Forero de Ucros
Viceministra de Relaciones Exteriores
Amazonas Pedro Nel Ospina Santa María
Presidente Bancafé
Antioquia María Isabel Restrepo Correa
Gerente Imprenta Nacional
Arauca Carlos José Castro Espinosa
Viceministro de Salud
Atlántico Diego Humberto Caicedo Ortiz
Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios
Archipiélago de San
Andrés, Providencia
y Santa Catalina Olga Isabel Echeverri Iregui
Consejería Presidencial -Plan Colombia-
Bolívar Luis Carlos Ramírez Múnera
Viceministro de Desarrollo Económico
Boyacá Martha Inés Villegas Bello
Directora General Caja Nacional de Previsión -Eps-
Caldas María Eulalia Arteta Manrique
Directora General Departamento Administrativo
Nacional de Estadística, DANE
Caquetá Armando M ario Madrid Malo
Director General Instituto Nacional de
Adecuación de Tierras, INAT
Casanare Luis Francisco Jordán Peñaranda
Director Nacional Escuela Superior Administración
Pública, ESAP
Cauca Fernando Medellín Lozano
Gerente General Red de Solidaridad Social
Cesar Samuel Velásquez Uribe
Viceministro de Comunicaciones
Córdoba Jorge Cardozo Luna
Gerente General Incora
Cundinamarca Mónica...
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