Decreto 1623 de 2002, por el cual se modifica el numeral 1° del artículo 7° del Decreto 967 de 2000. - 6 de Agosto de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352569394

Decreto 1623 de 2002, por el cual se modifica el numeral 1° del artículo 7° del Decreto 967 de 2000.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín44892

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los artículos y 12 de la Ley 101 de 1993 y de los artículos 1° y 35 de la 16 de 1990,

DECRETA:

ARTÍCULO 1° Modifícase el numeral 1° del artículo 7° del Decreto 967 de 2000, el cual quedará así:

"Que la cartera susceptible de acceder a los beneficios del PRAN, estuviese en mora el 29 de julio de 1999, o que estando al día el 29 de julio de 1999, hubiere sido objeto de una reestructuración en los doce (12) meses anteriores a esa fecha y haya vuelto a presentar mora durante el período comprendido entre la misma y el 31 de julio de 2002".

ARTÍCULO 2° La compra de la cartera que se inscriba en el PRAN con ocasión de la expedición del presente decreto, se realizará en la medida en que exista disponibilidad presupuestal

En todo caso, se atenderá en primer lugar la compra de la cartera que se encontraba en mora el 29 de julio de 1999.

ARTÍCULO 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de agosto de 2002.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Viceministro de Hacienda y Crédito...

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