Decreto 286 de 2000 - 12 de Junio de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353336138

Decreto 286 de 2000

EmisorVarios - Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina
Número de Boletín44114

DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA

Por medio de la cual se dictan medidas para

prevenir y controlar la perturbación de la

tranquilidad de los habitantes insulares,

generados por la emisión de ruido.

EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO

DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el artículo 2o. del Código Departamental de Policía, en concordancia con el artículo 261 del mismo reglamento, las autoridades de policía están instituidas para proteger la vida, honra y bienes de las personas residentes en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y en general para conservar el Orden Público, en sus aspectos de seguridad y tranquilidad entre otros, y asegurar el respeto recíproco de todos los derechos, previniendo y castigando las contravenciones y las faltas;

Que en este sentido, es obligación de las autoridades de policía prohibir todo desorden que pueda turbar la tranquilidad de las familias en sus hogares, tales como bailes o cantos en vías públicas;

Que en virtud del principio de Rigor Subsidiario consignado en la Ley 99/93, las normas y medidas de Policía Ambiental, es decir, aquellas que las autoridades medioambientales expidan para la preservación o restauración del medio ambiente, o que exijan Licencia o Permiso para el ejercicio de determinada actividad por la misma causa, podrán hacerse sucesivas y respectivamente más rigurosas, pero no más flexibles, por las autoridades competentes del nivel regional, departamental, distrital o municipal, en la medida que se desciende en la jerarquía...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR