Decreto 2625 de 2000, por el cual se deroga el Decreto 2154 del 4 de noviembre de 1999 y se dictan otras disposiciones. - 22 de Diciembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353336638

Decreto 2625 de 2000, por el cual se deroga el Decreto 2154 del 4 de noviembre de 1999 y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín44267

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las consagradas en el artículo 189, numerales 11 y 16 de la Constitución Política, el artículo 5o. de la Ley 165 de 1948, el artículo 4o., literal e) del Decreto Extraordinario 3211 de 1959 y de la Ley 489 de 1998, artículo 54,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 332 de la Constitución Política, establece que el Estado es el propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables;

Que dentro del objeto y funciones de Ecopetrol, de acuerdo con la Ley 165 de 1948, el Decreto Extraordinario 3211 de 1959 y sus actuales estatutos, se encuentra la explotación, operación y manejo de los campos petroleros que el Gobierno le aporte o que la Empresa adquiera;

Que en virtud de la finalidad mencionada y de la función que le ha sido asignada por ley a Ecopetrol, la empresa ha desarrollado actividades industriales y comerciales con el fin de explotar las reservas de hidrocarburos de propiedad del Estado que le han sido entregadas en administración;

Que el Decreto Extraordinario 3211 de 1959 dispuso que el patrimonio de Ecopetrol estaría integrado, entre otros bienes, por los aportes del Estado;

Que no obstante la función de administración que realiza Ecopetrol en relación con las reservas de hidrocarburos del Estado, se han destinado parte de los recursos provenientes de la explotación de las reservas a la capitalización de Ecopetrol mediante la entrega de aportes en especie, representados en reservas extraídas de crudo y gas;

Que dichos aportes no se reflejaron en los estados financieros de Ecopetrol y en el balance de la Nación-Ministerio de Minas y Energía, lo que dificultó la evaluación de la gestión del administrador de las reservas del Estado;

Que con el fin de poder evaluar la gestión y los resultados que genera el ejercicio de la función del administrador de las reservas del Estado, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2154 de noviembre de 1999;

Que la metodología de valoración de reservas de hidrocarburos prevista en el Decreto 2154 no es armónica con los estándares internacionales utilizados para dichos efectos, por lo cual dicha metodología debe ser modificada,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o DEFINICIONES

Para efectos de lo dispuesto en el presente decreto, se adoptarán las siguientes definiciones:

Razonable certeza: Cuando mediante el uso de procedimientos determinísticos o probabilísticos, existe un alto grado de certidumbre o al menos un 90% de probabilidad de recuperación de los volúmenes estimados.

Reservas de hidrocarburos: Reservas de crudo y gas administradas por Ecopetrol, e incluyen tanto los volúmenes de...

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